PROYECTO DE RESOLUCION
FUNDAMENTOS
VISTO:
El proyecto de Ley Provincial (Expte. D-125-26) que
establece la obligatoriedad de utilizar serenos en embarcaciones comerciales e
industriales en puertos de la Provincia de Buenos Aires impulsado por la Diputada
Provincial Soledad Alonso y el Diputado Provincial Gustavo Pulti; y
CONSIDERANDO:
Que, el Puerto de Campana es un nodo estratégico para la
actividad comercial e industrial, requiriendo medidas que garanticen la seguridad
de las cargas, infraestructuras y personal;
Que, los serenos conforme al proyecto provincial, cumplen
funciones esenciales de vigilancia, prevención de ilícitos (contrabando,
narcotráfico) y control de condiciones náuticas (art. 3° y 4°);
Que, la Ley 11.447 reafirma la jurisdicción de la Provincia
sobre sus puertos y aguas, respaldando políticas locales en coordinación con la
Prefectura Naval Argentina;
Que el Decreto PEN 37/2025 (o normativas nacionales
similares) no puede desconocer las competencias provinciales y municipales en
materia portuaria, conforme al art. 121° de la Constitución Nacional;
Que el Municipio de Campana, en uso de sus atribuciones
(art. 123° CN), debe promover iniciativas que fortalezcan la seguridad portuaria y
el desarrollo económico local;
POR ELLO:
EL BLOQUE DE CONCEJALES Y CONCEJALAS DE
UNION POR LA PATRIA/PJ SOLICITA A ESTE HONORABLE CUERPO,
APRUEBE EL SIGUIENTE PROYECTO DE:
RESOLUCION
ARTICULO 1º: Manifestase este Cuerpo Deliberativo el beneplácito y apoyo al
——————–proyecto de ley provincial (Expte. D-125-26) que obliga el uso de
serenos en embarcaciones comerciales e industriales, por considerarlo una
herramienta clave para la protección del Puerto de Campana y su actividad
logística. –
ARTICULO 2º: Solicítase al Congreso de la Provincia de Buenos Aires la
———————aprobación urgente de dicha ley, destacando su impacto positivo
en la seguridad, el empleo local y la prevención de delitos. –
ARTICULO 3º: Remitase copia de esta declaración al Departamento Ejecutivo
———————Municipal, a la Legislatura Provincial y a los consorcios
portuarios de la región, para su conocimiento y adhesión. –
ARTICULO 4º: De forma. –
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