PROYECTO DE RESOLUCION
FUNDAMENTOS
VISTO:
El Decreto n° 895/10 que crea la “Banca Abierta y
Participativa del Ciudadano”; Y
CONSIDERANDO:
Que, la democracia nace y se justifica a partir de la
posibilidad de que expresemos de manera responsable nuestros reclamos y
controlemos del modo en que son (o no son) llevados a la práctica;
Que la Banca Abierta y Participativa del Ciudadano es un
mecanismo que se instituye como un canal inclusivo y a disposición del vecino
para articular sus demandas y propuestas concretas, con el fin de arribar a
soluciones acordes al diálogo entre representantes y representados, y lograr una
mayor efectividad en la normativa elaborada, tratando de que la misma sea una
resultante de la interacción participativa ciudadana;
Que, sin perjuicio del sistema representativo, la Banca
Abierta del Ciudadano imprime de vitalidad al sistema y a nuestra democracia,
reconociendo el rol del representante y del representado, a través de la garantía de
una rendición de cuentas constante, y de la oportunidad que brinda a la ciudadanía
de ejercer responsablemente sus derechos reconocidos;
Que entendemos como voluntad de este concejo
deliberante promover el diálogo, el consenso y las responsabilidades colectivas en
la solución de los problemas, fortaleciendo la democracia y al compromiso
ciudadano por lo público;
Que estamos en condiciones de poder generar
mecanismos de mayor participación ciudadana, adecuando la herramienta vigente
para que esto suceda, y a su vez mejorando los procesos administrativos en pos de
brindar mayores estándares de transparencia;
POR ELLO:
EL BLOQUE DE CONCEJALES Y CONCEJALAS
UNION POR LA PATRIA/PJ SOLICITA A ESTE HONORABLE CUERPO,
APRUEBE EL SIGUIENTE PROYECTO DE:
RESOLUCION
ARTICULO 1º: Modificase el Artículo 5º del Decreto que regula el uso de la
Banca ——————–Abierta del Ciudadano, el cual quedará redactado de la
siguiente manera: “A los efectos de la participación y utilización de esta BANCA,
se abrirá un Registro de Solicitudes para el uso de la BANCA ABIERTA Y
PARTICIPATIVA AL CIUDADANO, en la Secretaría del Honorable Concejo
Deliberante, que tendrá el carácter de oficial dando el visto de quiénes harán uso
de ella:
El Registro de Solicitudes, que se receptarán en la Mesa de Entradas de la
Secretaría del Concejo Deliberante, en un formulario pre-impreso y con
numeración correlativa que determine el orden de ingreso, deberá contar con los
siguientes contenidos mínimos:
a) Nombre, Apellido, número de documento, número de teléfono y domicilio del
vecino y o representante de la institución
b) Si la solicitud se realiza en representación de una institución, se adjuntará la
autorización por parte de ésta para ser representada, nombre, fines y domicilio.
En cuanto al representante se exigirán los mínimos requisitos previstos en el
inciso a).
c) Los representantes de instituciones deberán ser designados por las mismas
autoridades ejecutivas o directivas de la organización, entidad o institución a la
que pertenezcan, adjuntando acta o autorización de los prenombrados para ser
representada.
d) Una descripción breve y precisa del tema a exponer
Una vez recepcionada la solicitud de participación por el vecino o vecina
interesado en el uso de la Banca Abierta, dicha solicitud se volcará
inmediatamente en un registro de acceso público en la página web del Honorable
Concejo Deliberante donde se deje constancia del número de orden de ingreso que
será inalterable, nombre del vecino/ONG, temática sobre la que se trata la Banca,
día asignado a la misma. –
ARTICULO 2º: Modificase el Artículo 6º del Decreto que regula el uso de la
——————– Banca Abierta del Ciudadano, el cual quedará redactado de la
siguiente manera: “Se realizaran 2 bancas abiertas por sesión. No podrán ser
presentados más de un proyecto o tema por ciudadano por Sesión.”. –
ARTICULO 3º: Modificase el Artículo 12º del Decreto que regula el uso de la
——————–Banca Abierta del Ciudadano, el cual quedará redactado de la
siguiente manera: “El orden de exposición, se definirá de acuerdo al orden de
inscripción. La persona u ONG que haya hecho uso de la Banca Ciudadana no
podrá volver a utilizarla dentro del año calendario”. –
ARTICULO 4º: De forma. –
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