Proyecto de Resolución del Bloque PJ Unión por la Patria Declarando de Interés Legislativo la Campaña Bonaerense de Inmunización contra el sarampión.

Exp. N°22350

PROYECTO DE RESOLUCION
FUNDAMENTOS

VISTO:

El contexto de brote epidemiológico de Sarampión en el

corriente año; Y

CONSIDERANDO:

Que, el sarampión es una enfermedad viral sumamente
contagiosa que puede ser grave para bebes, niños y niñas pequeñas y hasta
provocar la muerte;

Que, El sarampión se transmite por gotículas procedentes
de la nariz, boca y faringe de las personas infectadas. Los síntomas iniciales, que
suelen aparecer entre 8 y 12 días después de la infección, consisten en fiebre alta,
rinorrea, inyección conjuntival y pequeñas manchas blancas en la cara interna de la
mejilla. Varios días después aparece un exantema que comienza en la cara y cuello,
y se va extendiendo gradualmente al resto del cuerpo;

Que, no hay tratamiento específico para el sarampión, y
la mayoría de los pacientes se recuperan en 2 o 3 semanas. Sin embargo, el
sarampión puede causar complicaciones graves, tales como ceguera, encefalitis,
diarrea intensa, infecciones del oído y neumonía, sobre todo en niños malnutridos
y pacientes inmunodeprimidos;

Que, el sarampión es una enfermedad prevenible

mediante vacunación;

Que, a nivel mundial sigue siendo una de las principales
causas de muerte en niños pequeños, pese a que existe una vacuna segura y eficaz
para prevenirla;

Que, los casos graves son especialmente frecuentes en
niños pequeños malnutridos, y sobre todo en los que su sistema inmunitario está
debilitado. En poblaciones con altos niveles de malnutrición y falta de atención
sanitaria adecuada, el sarampión puede llegar a matar al 10% de los casos
(Organización Panamericana de la Salud, 2025);

Que, la principal causa de la suba de los casos de
sarampión según los organismos internacionales es la disminución en las tasas de
vacunación. Se necesita el acompañamiento activo familiar y de los estados a los
bebés y a los niños para aplicarse vacunas que son seguras y eficaces y que pueden
salvar millones de vidas;

Que, a nivel global, la Organización Mundial de la Salud
señaló que la cobertura de la primera dosis de la vacuna contra el sarampión cayó
del 86% en 2019 al 81% en 2021 debido a interrupciones en los programas de
inmunización durante la emergencia sanitaria por la enfermedad COVID-19;
En los últimos dos años, la cobertura se mantuvo en apenas el 83%, lejos del 95%
necesario para mantener la inmunidad colectiva;

Que, el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos
Aires informo que, a partir del lunes 7 de abril, se comenzó a aplicar una dosis
extra a los niños y niñas de entre 6 meses y 5 años. Esta vacuna es de refuerzo, por
lo que se debe aplicar, independientemente de las vacunas de calendario que ya
haya recibido el niño o la niña. La campaña tiene como objetivo interrumpir la
cadena de transmisión, proteger a los grupos de mayor riesgo y fortalecer la
inmunidad colectiva;

Que, esta dosis de refuerzo se suma al esquema del
calendario de vacunación. Una dosis de triple viral en niños y niñas de hasta 12
meses, y una segunda dosis de la vacuna triple viral en mayores de 5 años.
Destacamos que esta acción no reemplaza el esquema de vacunación habitual
establecido en el Calendario Nacional de Vacunación, sino que lo complementa;
Que, esta nueva dosis de la vacuna triple viral
(Sarampión, Rubéola y Paperas), que se suma a las 2 previstas por el Calendario
Nacional, tiene el objetivo de aumentar la probabilidad de estar adecuadamente
protegidos;

Que, la vacuna es gratuita, no necesita orden médica y

está disponible en los vacunatorios de toda la provincia;
POR ELLO:

EL BLOQUE DE CONCEJALES Y CONCEJALAS DE
UNION POR LA PATRIA/PJ SOLICITA A ESTE HONORABLE CUERPO,
APRUEBE EL SIGUIENTE PROYECTO DE:

RESOLUCION

ARTICULO 1º: Declarase de Interés Legislativo la Campaña Bonaerense de
———————Inmunización contra el Sarampión. –

ARTICULO 2º: Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal potenciar la
——————–campaña de inmunización contra el sarampión, realizando
acciones territoriales concretas tanto como difusión clara y sistemática de
síntomas, lugares de vacunación, horarios, población objetivo y todo aquello que
sea de interés y necesario para que la vacuna sea exitosa. –

ARTICULO 3º: De forma. –
——————–