Proyecto de Resolución del Bloque Juntos por el Cambio solicitando a la Jefatura Distrital N° 11 informes sobre la vigencia de la Ley 12.299 la que crea el Programa Provincial de Prevención de la Violencia Escolar.

Exp. N°22274

PROYECTO DE RESOLUCIÓN
FUNDAMENTOS

VISTO:

La ley Nº 12299, la cual crea el Programa Provincial de Prevención de
la Violencia Escolar en el ámbito de la Dirección General de Cultura y Educación y
constituye un Consejo Consultivo; y
CONSIDERANDO:

Que los objetivos de dicha Ley son:

a)      Contribuir a la disminución de todas las formas de violencia y/o riesgo de violencia
escolar y, en todo lo que sea factible, también en lo social, propiciando la
modificación de las pautas culturales que las sustentan.
b)      Sensibilizar y concientizar a alumnos, padres, cooperadores, docentes, directivos,
supervisores y en general a todos los estamentos que conforman el concepto de
comunidad educativa, en relación a la problemática social de la violencia.
c)      Visualizar enfoques y promover medidas de índole técnico pedagógicas y
didácticas, administrativas y culturales, que faciliten la eliminación de la violencia
en sus múltiples expresiones en el ámbito educativo, aspirando a que también,
repercutan en lo social.
d)      Impulsar y fortalecer el desarrollo de estudios e investigaciones sobre la violencia
en todos sus aspectos.
e)      Formar y capacitar a docentes, directivos, supervisores; y perfeccionar y
profundizar los conocimientos de quienes ya acrediten, en políticas, estrategias y
técnicas tendientes a prevenir y eliminar la violencia o su riesgo.
f)        Favorecer la interrelación del Programa de Prevención de la Violencia Escolar, los
establecimientos educacionales y los centros de atención y prevención dependientes
de otras áreas del Estado Provincial y de los Municipios.
g)      Articular con los medios de comunicación social el desarrollo de campañas de
información sobre el fenómeno de la violencia y su riesgo, alentando la inclusión en
la programación habitual de contenidos que contribuyan a su prevención y
erradicación.

Que debemos trabajar mancomunadamente para generar políticas de

contención, frente al maltrato que sufren muchos alumnos;

Que el acoso o maltrato escolar es definido como toda agresión u
hostigamiento reiterado que se haga dentro o fuera del establecimiento, por un grupo o un
estudiante que atente contra otro, generando maltrato, humillación o temor tanto de manera
presencial como por medios tecnológicos;

Que debemos generar políticas de prevención en donde debiera ser una
obligación para los alumnos, padres, apoderados, profesionales, asistentes de la educación,
equipos docentes y directivos, el propiciar un clima escolar que promueva la buena
convivencia;

Que todas las situaciones de violencia física o psicológica, agresión u
hostigamiento que afecte a un estudiante, debieran ser informadas de manera obligatoria de
acuerdo a los reglamentos internos, en ello radica la importancia del cumplimiento del
Programa Provincial de Prevención de la Violencia Escolar;

Que el acoso escolar, puede ser definido como el conjunto de
comportamientos físicos, psíquicos y/o verbales que una persona de forma intencionada y
abusando de un poder que puede ser real o ficticio, dirige contra un compañero/a con
carácter repetitivo y con la intención de causarle daño. Algunos de los criterios que se

deben tener en cuenta para poder definir un comportamiento como maltrato entre iguales
son:
La pretensión de hacer daño.
b) La existencia de un desequilibrio de poder, que puede ser real o de ficción entre
la víctima y el agresor.
c) La acción es llevada a cabo de forma repetitiva incluso fuera del horario escolar. d) La
intencionalidad reside en obtener algún beneficio social, material o personal, sin la
existencia de provocación previa;

Que esta problemática forma parte del maltrato infanto-juvenil en un
ámbito específico como es la escuela. Los especialistas acuerdan en no esperar a vivir un
episodio de bullying para que los padres y maestros se involucren con la problemática,
poniendo especial énfasis en la prevención. Para ello es importante abrir instancias de
diálogo y debate sobre lo que significa intimidar, la violencia y los abusos, y también sus
consecuencias.
POR ELLO:

EL BLOQUE DE CONCEJALES DE JUNTOS POR EL CAMBIO, SOLICITA A
ESTE HONORABLE CUERPO, APRUEBE EL SIGUIENTE PROYECTO DE

RESOLUCIÓN

ARTÍCULO 1º.- Solicítase a la Jefatura Distrital Regional Nº 11, designado por la
– – – – – – – – – – – – Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos
Aires lo siguiente:
a) Informar sobre la vigencia actual atinente a la aplicación de la ley 12.299 la cual
creará el PROGRAMA PROVINCIAL DE PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA
ESCOLAR.
b) Cuáles han sido los objetivos fijados desde la creación del Programa y si estos han
tenido alguna instancia evaluatoria. En caso afirmativo a que conclusiones se ha
arribado.
c) Informar si hay constituido un Consejo Consultivo con funciones de asesoramiento
respecto al adecuado cumplimiento de los objetivos conforme al artículo 6° de la
norma.
d) Informar si el Consejo Consultivo ha emitido algún dictamen o conclusiones con la
información obtenida
e) Informar cuál ha sido el alcance del Programa, y que establecimientos han sido
comprendidos en su implementación en la Ciudad de Campana.
f) Informar que acciones han sido llevadas a cabo en el marco del Programa
mencionado
g) Informar si hay una evaluación de resultados y/o estadísticas que sean
representativos de las condiciones actuales de la convivencia escolar y los factores
de riesgo que suscitan.
h) Informar de qué manera pueden contabilizarse los episodios donde los alumnos
hayan participado en algún episodio de violencia escolar. Informar cualquier otro
dato de interés referido a la temática.
ARTÍCULO 2º.- De forma.-