PEDIDO DE INFORME
FUNDAMENTOS
VISTO:
El DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
PÚBLICA, Ley 27275; DECRETO-LEY 6769/58 -LEY ORGÁNICA DE LAS
MUNICIPALIDADES CAPÍTULO IV, DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO- I
COMPETENCIA, ATRIBUCIONES Y DEBERES; RESOLUCIÓN 08/2023;
RESOL-2023-8-MUNICAM-SETAL, lunes 6 de Nov 2023; y,
CONSIDERANDO:
Que el intendente de la ciudad de Campana Sebastián Abella
desde el año 2024 participa en forma profesional de la máxima categoría de las
carreras de Turismo Carretera;
Que, desde este Bloque PJ- Unión por la Patria, se ha
insistido desde hace varios años, con la publicación de las DDJJ (Declaraciones
Juradas) del Intendente y sus funcionarios.
Que la última vez que se publicó las DDJJ del Intendente y
los funcionarios que dependen del Departamento Ejecutivo fue realizada en el año
2016;
Que en el año 2017 el Municipio de Campana firma
Convenio Marco de Cooperación suscripto el día 30 de noviembre de 2017, entre el
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, a través de la Secretaría de
Ética Pública, Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, dependiente de la
Oficina Anticorrupción; la Oficina de Fortalecimiento Institucional.
Que según Resolución de la Secretaría Técnica,
Administrativa y Legal Resolución de 2018 hace mención al compromiso Municipal
respecto de: “sostenemos que entre los compromisos, las instituciones
gubernamentales, deben implementar políticas coordinadas y eficaces que
promuevan la debida gestión de los asuntos públicos y los bienes públicos, la
integridad, la transparencia y la obligación de rendir cuentas, instando a promover
la integridad, la honestidad y la responsabilidad de los funcionarios públicos, a la
aplicación de códigos o normas de conducta para el correcto, honorable y debido
cumplimiento de las funciones públicas”.
Que, es obligatorio para quienes somos funcionarios tener
apego al cumplimiento de la ley, ya que, es el fundamento en que se construyen
nuestros estándares de integridad para una real transparencia en el ejercicio de
nuestras funciones.
Que, por último, es imperioso considerar que la ciudad de
Campana está viviendo una situación crítica al igual que todo el país y existe una
gran demanda que requiere la mayor responsabilidad de quienes ostentamos cargos
de funcionarios, tanto del D.E como del cuerpo Legislativo.
POR ELLO:
EL BLOQUE DE CONCEJALES Y CONCEJALAS PJ – UNIÓN POR LA
PATRIA SOLICITA A ESTE HONORABLE CUERPO APRUEBE EL
SIGUIENTE PROYECTO DE:
PEDIDO DE INFORME.
ARTÍCULO 1°: Solicitase información al D. E. respecto del financiamiento de las
………………… carreras de Turismo Carretera en las cuales participa:
a. Gasto total del costo por carrera;
a. Gasto segmentado por mantenimiento mecánico, rodado, combustible, equipo
y sueldos, viáticos, indumentaria, por pruebas, extraordinarios, comida, marketing y
todo aquel segmento que incurra en erogación;
a. Listado de patrocinadores/ sponsors con sus respectivos aportes económicos
y/o contraprestación. –
ARTÍCULO 2°: Solicitase al D. E. y sus funcionarios presenten a este Bloque
………………… DDJJ (Declaración Jurada) y dese publicación en la Página del
Municipio de Campana como se dispone la norma Ley N° 15000 de la Provincia de
Buenos Aires ÉTICA EN EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA-.
Ordenanza N° 6731 con fecha de promulgación 17 de mayo de 2018, Convenio
Marco de Cooperación suscripto el día 30 de noviembre de 2017, entre el Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, a través de la Secretaría de Ética
Pública, Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, dependiente de la Oficina
Anticorrupción; la Oficina de Fortalecimiento Institucional y la Municipalidad de
Campana; RESOL-2023-8-E-MUNICAM-SETAL (SIBOM 2023.11.06)
SECRETARÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL, “Programa de
Integridad”, Anexo 1, Punto 5 “Nuestras Pautas de Conductas”, Punto VII.
“Aceptación y compromiso de todos los miembros del Municipio de Campana,
punto f. de este. –
ARTÍCULO N° 3: De forma. –
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