Proyecto de Ordenanza del D.E. donando a la Entidad Salutogénesis y Epigenética Campana Asociación Civil un inmueble en el Barrio San Cayetano para la construcción de un Centro de Atención para el Programa CreSiendo.

Exp. N°22653

PROYECTO DE ORDENANZA

VISTO:

El Decreto Ley 9533/80 Régimen de los Inmuebles del Dominio Municipal y Provincial,
La Resolución N° 676/80, La Ley N° 10830 y el Expediente No 4016-12277/25; y
CONSIDERANDO:

Que, a fs. 1/2, consta nota de Asociación Civil Entidad Salutogénesis y Epigenética
Campana, que desarrolla el Programa “CreSiendo” solicitando la donación de un inmueble cuyos datos
catastrales son Circunscripción 4- Sección B- Manzana 30- Parcela 30 a los fines de edificar un centro de
atención en el Barrio San Cayetano cuyo fin es la nutrición y estimulación temprana.

Que, a fs. 6/12 obra copia de la Resolución N° 676/80 por medio la cual el Ministerio de
Economía de la Provincia de Buenos Aires incorpora al dominio municipal el inmueble cuyos datos
catastrales son, Circunscripción 4-Manzana 30-Parcela 30, lo cual consta en orden 3 del Anexo I.
Que, considerando que el inmueble constituye una Reserva Fiscal, conforme se encuadra
dentro de lo normado por el Decreto Ley 9533/80 en su artículo N° 2 el que dice en su parte pertinente
“Constituyen bienes del dominio municipal las reservas fiscales de uso público que se hubieren cedido a
la Provincia en cumplimiento de normas sobre fraccionamiento y creación de pueblos como también las
que se constituyan para equipamiento comunitario de acuerdo a la Ley 8912.”
Que a fs. 23 consta plano 14-132-51 que le da origen a la Reserva Fiscal.
Que a fs. 27/28 consta cedula Catastral la cual informa los datos del inmueble con sus

medidas, linderos y superficie.

Que, la solicitud tiene por objeto destinar el inmueble al desarrollo de actividades cuya

actividad resulta de interés social y comunitario.

Que, el Departamento ejecutivo ha evaluado favorablemente la petición, considerando que
el inmueble no resulta necesario para otros fines y que su donación permitirá un uso eficiente solidario.

POR ELLO:

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS

FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1o.- Dónese a la Entidad Salutogénesis y Epigenética Campana Asociación Civil, que
desarrolla el Programa “CreSiendo”, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción IV,
Sección B, Manzana 30, Parcela 30, sito en calle S. Dellepiane entre Bernabela Zárate y F. Pecorena,
Barrio San Cayetano, jurisdicción del Partido de Campana, con una superficie de 1.200 m2, incorporado
al dominio de la Municipalidad de Campana, en virtud de lo dispuesto por Resolución N° 676/80 dictada
por el Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, y de conformidad con lo establecido por
el Decreto-Ley No 9533/80.-
ARTÍCULO 2°.- El inmueble que se dona por la presente ordenanza, mencionado en el artículo anterior,
será destinado exclusivamente por la donataria para la construcción de un Centro de Atención para el
Programa CreSiendo: “Un cerebro sano para ser quien quieras ser”, realizando la atención pediátrica,
nutricional, estimulación temprana y psicosocial para embarazadas, niños y niñas de 0 a 2 años de edad.-
ARTÍCULO 3o.- Otórgase a Salutogénesis y Epigenética Campana Asociación Civil la plena posesión del
inmueble objeto de la presente, con el fin de que lo destine al uso aquí previsto; todo ello, bajo
apercibimiento de dejarse sin efecto la donación, dictándose el acto administrativo de revocación de la
misma.-
ARTÍCULO 4o.- La escrituración del inmueble en cuestión se efectuará por intermedio de la Escribanía
General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, o del organismo que haga sus veces, una vez
cumplidos los requisitos legales y administrativos pertinentes a tales efectos.-
ARTÍCULO 5o – Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos.