Proyecto de Ordenanza del D.E. convalidando el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Campana y la Cámara Unión del Comercio e Industria – Campana para la cobranza de facturas emitidas por el Municipio.

Exp. N°22585

FUNDAMENTOS

VISTO:

El Decreto-Ley N° 6769/1958 (Ley Orgánica de las
Municipalidades) (t.v.); el Convenio suscripto el día 3 de septiembre de 2025, entre la
Municipalidad de Campana y la Cámara Unión del Comercio e Industria – Campana
(C.U.C.E.I.); y el Expediente Municipal Nº 4016-26.747-0-1997 – Alcance 1 Cuerpo 1;
y

CONSIDERANDO:

Que en el Expediente Municipal N° 4016-26.747-0-1997 Alcance 1
Cuerpo 0, lucen los antecedentes de distintos actos administrativos, por medio de los
cuales se suscribieron sucesivos convenios con la Cámara Unión del Comercio e
Industria – Campana (C.U.C.E.I.), con domicilio en Avda. Ing. A. Rocca Nº 171, de esta
Ciudad para la cobranza en sus ventanillas, de los importes de las facturas emitidas por
el Municipio, correspondientes a diferentes Tasas Municipales.

Que a fs. 288/289 se agrega Proyecto de Convenio por el presente

año.

Que la Secretaría de Ingresos Públicos a fs. 291 formula objeciones

varias al Proyecto de Convenio citado.

Que se agrega copia de la última Acta de Designación de
Autoridades de la Cámara Unión del Comercio e Industria – Campana (C.U.C.E.I.) a
fs. 292/293.

Que a fs. 294/295 se agrega Proyecto de Convenio por el presente
año, modificado según las observaciones indicadas anteriormente por la Secretaría de
Ingresos Públicos.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos,
Legislativos y Empleo Público a fs. 299 no posee objeciones legales respecto del
Proyecto de Convenio; solicita realizar readecuaciones varias; sugiere informar la

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afectación presupuestaria con la que se haría frente a las erogaciones que pudieran
corresponder; e informa que se debería proyectar la Ordenanza que convalide el mismo.
Que la Dirección de Presupuesto a fs. 302 sugiere la imputación
presupuestaria, y adjunta “Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos”, mediante el
cual verifica el crédito presupuestario existente en la categoría programática y partida
presupuestaria sugeridas.

Que la Tesorería Municipal a fs. 304 vlta. y fs. 305 sugiere
modificar la cláusula tercera y actualizar la cláusula décima del proyecto de convenio
citado.
Que se notificó mediante e-mail obrante a fs. 304 vlta. a la Cámara
Unión del Comercio e Industria- Campana (C.U.C.E.I.) las modificaciones propuestas.
Que se agrega a fs. 306/307, último Proyecto de Convenio por el
presente año, con las cláusulas actualizadas según propuesta de la Tesorería Municipal.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos,
Legislativos y Empleo Público a fs. 311, no formula objeciones legales respecto del
Proyecto de Convenio adjunto a fs. 306/307.

Que se agrega a fs. 313/314 vlta., copia del Convenio firmado en el

presente año.

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto – Ley
N° 6.769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.) corresponde al Honorable
Concejo Deliberante autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las
Leyes Provinciales o Nacionales.

POR ELLO:

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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN
EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA LA SIGUIENTE :

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º.- Convalídase en todas sus partes el Convenio suscripto el día 3 de
septiembre de 2025, entre la Municipalidad de Campana y la Cámara Unión del
Comercio e Industria – Campana (C.U.C.E.I.), cuya copia luce a fs. 313/314 vlta. del
expediente N° 4016-26.747-0-1997 Alcance 1 Cuerpo 1.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos.-