Proyecto de Decreto del Bloque PJ Unión por la Patria solicitando a la Presidencia del H.C.D. articular con el Ministerio de Mujeres y Diversidad para efectuar las capacitaciones de la Ley Micaela.

Exp. N°22325

PROYECTO DE DECRETO
FUNDAMENTOS

VISTO:
La ley N°27.499 “Ley Micaela” que establece la
capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las
mujeres en todos los poderes del Estado y la ley provincial N°15.134 conocida
como “Ley Micaela Bonaerense”; y
CONSIDERANDO:

Que desde el 21 de marzo de 2019 se encuentra
sancionada la Ley Provincial N°15.134 “Ley Micaela Bonaerense” y que
desde el 28 de junio de 2019 la Municipalidad de Campana se encuentra
adherida a dicha ley bajo la ordenanza local N°6.907;

Que la Ley Micaela es de carácter obligatoria para
todas las personas que integran los tres poderes del Estado, que se
desempeñan en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma
permanente o transitoria, ya sea por cargo electivo, designación directa, por
concurso o por cualquier otro medio legal, en el ámbito de los tres poderes del
Estado;

Que es fundamental que los y las trabajadoras del HCD
realicen las capacitaciones obligatorias dictadas por instructores que hayan
sido formados y certificados en materia de género,

Que desde la sanción de la Ley Micaela Bonaerense el
Ministerio de Mujeres y Diversidad de la Provincia de Buenos Aires cuenta
con instructores calificados y módulos teóricos-prácticos para las
capacitaciones en prevención y erradicación de las violencias hacia las
mujeres y diversidades;

POR ELLO:

EL BLOQUE DE CONCEJALES Y
CONCEJALAS PJ-UNIÓN POR LA PATRIA SOLICITA A ESTE
HONORABLE CUERPO SE APRUEBE EL SIGUIENTE PROYECTO
DE:

DECRETO

ARTICULO 1º: Solicitase a la Presidencia del Honorable Concejo
———————-Deliberante arbitre las medidas necesarias para articular con
el Ministerio de Mujeres y Diversidad de la Provincia de Buenos Aires y así
efectuar las capacitaciones obligatorias en el marco de la Ley Micaela
Bonaerense para todos y todas las trabajadoras del HCD. –
ARTICULO 2°: De forma. –
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