PROYECTO DE DECRETO
FUNDAMENTOS
VISTO:
El reglamento interno de este Honorable Cuerpo; Y
CONSIDERANDO
Que, es necesario que las normativas no dejen “grises”
interpretativos que problematicen procesos administrativos;
Que, en este expediente en particular, el objetivo es
clarificar el circuito administrativo que debe tomar un asunto entrado hasta su
despacho;
Que, además, se propone desde este expediente la
normatización de usos y costumbres para que no sean objeto de discusión por
aquellos que, claramente, pretendan rechazarlos con la justa razón que les asiste la
inexistencia de los mismos en este reglamento;
POR ELLO:
EL BLOQUE DE CONCEJALES Y CONCEJALAS DE
UNION POR LA PATRIA/PJ SOLICITA A ESTE HONORABLE CUERPO,
APRUEBE EL SIGUIENTE PROYECTO DE:
DECRETO
ARTICULO 1º: Modificase el art. 14 del reglamento Interno de este Cuerpo, que
———————quedara redactado de la siguiente manera: “Corresponde a cada
una de estas Comisiones dictaminar sobre los asuntos que respectivamente sean
pasados a su estudio. Cuando un asunto entrado para su estudio fuese firmado por
un Concejal que no pertenezca como miembro en la Comisión en que se trate el
tema, el autor del proyecto puede concurrir a la reunión donde será tratado el
asunto, para que exponga sus opiniones y fundamentos. En la misma sólo
participará del debate, pero no votará para su despacho.”
ARTICULO 2º: Modificase el art. 15 del Reglamento Interno de este Cuerpo, que
——————–quedará redactado de la siguiente manera: “Cuando un asunto
caiga bajo la jurisdicción de dos o más Comisiones se determinará un orden de
tratamiento en las mismas. Cada comisión tratará el expediente, y dará dictamen
dándole pase a las otras Comisiones a las que fuera derivada originariamente
para que prosiga con su tratamiento con las modificatorias que se vayan
registrando. A solicitud de algún Concejal en la Sesión que el asunto entró, o con
posterioridad si se estima conveniente la opinión de la misma se puede agregar el
despacho a alguna comisión. El proyecto se considerará aprobado cuando la
última Comisión que la trate, por dictamen de mayoría le dé pase al Recinto.
Como excepción, a pedido de cualquier Concejal y con aprobación de la mayoría,
podrá ser tratado en reunión plenaria de las Comisiones involucradas”. –
ARTICULO 3º: De forma. –
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