Pedido de Informes del Bloque PJ Unión por la Patria solicitando al D.E. eleve la nómina de funcionarios de planta política con reserva de cargo en la planta permanente del escalafón municipal detallando fecha de ingreso, categoría, concursos y capacitaciones realizadas.

Exp. N°22114

PEDIDO DE INFORME

FUNDAMENTO

VISTO:

La Ley Provincial 14656 (Ley de Relaciones Laborales y
negociación colectiva para los trabajadores municipales de la Provincia de Buenos
Aires) y sus modificatorias, el Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de
nuestra ciudad y sus modificatorias; y

CONSIDERANDO:

Que, la ley provincial 14656, en su art. 2 afirma que “el
ingreso al empleo público municipal se formalizará mediante acto administrativo
emanado de autoridad competente, previo concurso público abierto o
procedimiento especial de selección, de conformidad con las reglas que se
establezcan por vía reglamentaria o convencional, debiendo ingresar por la
categoría correspondiente al grado inferior de la clase inicial de cada
agrupamiento.”;

Que, a su vez aclara que “excepcionalmente se podrá
ingresar por otra categoría cuando el trabajador acredite capacidad manifiesta o
formación suficiente para la cobertura de la misma, mediante acto administrativo
de designación debidamente fundado”;

Que, dicha ley en su art. 4 enuncia que “durante el periodo
de prueba al trabajador deberá exigírsele la realización de acciones de
capacitación y/o formación cuyo resultado podrá condicionar su situación
definitiva”;

Que, dicha ley respecto a la carrera administrativa,
especifíca en su art.11 que “La carrera administrativa del trabajador se regirá por
las disposiciones del Escalafón establecido mediante la Ordenanza y el Convenio
Colectivo de Trabajo, sobre la base del régimen de evaluación de aptitudes,
antecedentes, capacitación, concurso y demás requisitos que en el mismo se
determine. El personal permanente tiene derecho a igualdad de oportunidades
para optar a cubrir cada uno de los niveles y jerarquías previstos en los
respectivos escalafones y a no sufrir discriminación negativa”;

Que, según el Convenio Colectivo de Trabajadores
Municipales de este Municipio, “se establece que los concursos (requeridos en la
carrera administrativa municipal) quedarán a cargo de la Junta de Ascensos y
Calificaciones, que no solo calificará en los mismos, sino que también organizará
y tramitará el proceso de selección”;

Que, este mismo convenio establece que “la carrera
administrativa del trabajador municipal se regirá por las disposiciones del
escalafón establecido mediante el Convenio Colectivo de Trabajo, sobre la base
del régimen de evaluación de aptitudes, antecedentes, capacitación, concurso y
demás requisitos que en el mismo se determine”;

Que, dicho convenio es taxativo respecto a que “el personal
permanente tiene derecho a igualdad de oportunidades para optar a cubrir cada
uno de los niveles y jerarquías previstos en los respectivos escalafones y a no
sufrir discriminación negativa”;

Que, por último, “todo trabajador municipal tiene derecho
a concursar por su ascenso en la carrera administrativa municipal, aun en los
casos que el cargo que pretende ascender se hallará en reserva por razones
políticas, gremiales, etc., lo cual no será impedimento” es lo que cita claramente
este convenio;

POR ELLO:
EL BLOQUE DE CONCEJALES Y CONCEJALAS UNION
POR LA PATRIA/PJ SOLICITA A ESTE HONORABLE CUERPO,
APRUEBE EL SIGUIENTE:

PEDIDO DE INFORME

ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo informe, a través de la
———————Secretaría que corresponda, nómina de funcionarios de planta
política con reservas de cargos de planta de carrera administrativa. Cargo actual y
cargo reservado de cada uno de ellos. Detalle de fecha de ingreso de cada uno.
Actos administrativos de nombramientos. Designaciones debidamente fundadas.
Concurso y capacitaciones realizadas por los mismos. –

ARTICULO 2º: De forma. –
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