PROYECTO DE RESOLUCION
FUNDAMENTOS
VISTO:
El Decreto-Ley 6769/58, Ley Orgánica de las
Municipalidades y sus respectivas modificatorias y las obras realizadas (y en
proceso) en la esquina delimitada por las calles San Martín y Andres del Pino; y
CONSIDERANDO:
Que, la ley citada es la normativa en la que se encuadra el
funcionamiento de los departamentos ejecutivos y deliberativos;
Que, en su Capitulo II Del Departamento Deliberativo.
Título I: Competencia, Atribuciones y Deberes, se explicita que potestades tienen
los Concejos Deliberantes;
Que, en el citado Capítulo, el Artículo 27 indica que a la
función deliberativa municipal le corresponde reglamentar, como competencia
exclusiva, sobre “el trazado, apertura, rectificación, construcción y conservación de
calles, caminos, puentes, túneles, plazas y paseos públicos y las delineaciones y
niveles en las situaciones no comprendidas en la competencia provincial”;
Que, el mismo artículo 27, en su inciso 9 indica que también es función del
departamento deliberativo “La instalación y el funcionamiento de establecimientos
sanitarios y asistenciales; de difusión cultural y de educación física; de servicios
públicos y todo otro de interés general en el partido, en la medida que no se
opongan a las normas que al respecto dicte la Provincia”;
Que, hemos tomado conocimiento de acciones concretas
del municipio sobre el espacio público mediante gacetillas, redes sociales y la
constatación correspondiente en el lugar, en el predio ubicado en las esquinas de
las calles San Martin y Andrés del Pino, frente a la Universidad tecnológica
Nacional;
Que, en dicho predio se está interviniendo el espacio
público en forma masiva, incluyendo la construcción de una terminal de ómnibus;
Que, de ninguna manera ha llegado a este Honorable
Cuerpo proyecto, plan, solicitud, ni absolutamente nada vinculado a dicha
modificatoria del espacio público;
Que, desde nuestro bloque hemos intentado acceder a
información oficial, solicitando hasta informes al ejecutivo que jamás han
prosperado;
Que, en dicha obra, ya se han gastado cifras millonarias
sin tener información concreta y oficial aquellos que formamos parte del
departamento Legislativo;
Que, más allá de la correspondiente discusión sobre el
sentido de la oportunidad, de la ubicación de dicha construcción y otras cuestiones
que podrían ponerse en discusión, lo que a las claras es cuestionable es la falta de
institucionalidad de la gestión municipal, que no ha ingresado ni un expediente
administrativo en este cuerpo legislativo al respecto de las obras que pretende
realizar;
POR ELLO:
EL BLOQUE DE CONCEJALES Y CONCEJALAS
DE UNION POR LA PATRIA/PJ SOLICITA A ESTE HONORABLE
CUERPO, APRUEBE EL SIGUIENTE PROYECTO DE:
RESOLUCION
ARTICULO 1º: Instase al Departamento Ejecutivo a suspender la intervención
———————sobre el espacio público comprendido en las intersecciones de las
calles San Martin y Andrés del Pino hasta tanto se expida este Honorable Cuerpo
Deliberativo, tal cual lo determina el decreto ley 6769/58, Ley Orgánica de las
Municipalidades, y sus respectivas modificatorias. –
ARTICULO 2º: Remítase a este Cuerpo toda la documentación correspondiente a
——————–la intervención pretendida sobre el espacio público comprendido
en las intersecciones de las calles San Martín y Andrés del Pino. –
ARTICULO 3º: De forma. –
——————–