Proyecto de Resolución del Bloque PJ Unión por la Patria Instruyendo al D.E. a fin que sistematice la publicación del Boletín Oficial Municipal en la página web del Municipio.

Exp. N°22353

PROYECTO DE RESOLUCION

FUNDAMENTOS

VISTO:

La Ley orgánica de las Municipalidades 6769/58 y sus

modificatorias; Y
CONSIDERANDO:

Que, en el Capítulo IV de la Ley, que determina
competencias, atribuciones y deberes del Departamento Ejecutivo, el artículo
108 especifica que éste debe:

– Promulgar las Ordenanzas o en su caso vetarlas dentro de
los diez (10) días hábiles, contados desde su notificación. Asimismo, dar a
publicidad en el Boletín Oficial Municipal, las disposiciones del Concejo y las
Ordenanzas (Texto según Ley 14491);

– Confeccionar el Boletín Oficial Municipal en el que
deberán publicarse las Ordenanzas del Concejo, Decretos y Resoluciones de
ambos departamentos, que dicten las Autoridades del Gobierno Municipal. El
Boletín Oficial Municipal se confeccionará como mínimo una vez por mes, y se
pondrá en conocimiento de la población en la sede de la Municipalidad y en los
lugares de acceso público, que al efecto se determine; también deberá
incorporarse en la página Web oficial del Municipio, sin restricciones (Inciso
Incorporado por Ley 14491);

Que, es de público conocimiento las dificultades para
acceder a información relacionada a los decretos, resoluciones y ordenanzas con
la que todos aquellos interesados en ponernos en conocimiento de estas
cuestiones contamos;

Que, es fundamental que el Departamento Ejecutivo
cumpla con las normativas vigentes y que, en caso de hallar dificultades, busque
soluciones alternativas inmediatas;

Que, nunca es alternativa viable el incumplimiento de la

normativa vigente;
POR ELLO:
EL BLOQUE DE CONCEJALES Y CONCEJALAS DE
UNION POR LA PATRIA/PJ SOLICITA A ESTE HONORABLE
CUERPO, APRUEBE EL SIGUIENTE PROYECTO DE:

RESOLUCION

ARTICULO 1º: Instrúyase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, de
———————forma inmediata a la sanción de la presente, sistematice la
publicación del Boletín Oficial Municipal en la pagina web del municipio

(https://www.campana.gob.ar/) en un apartado de fácil acceso, identificación y
seguimiento, conforme lo dicta la Ley Orgánica de las Municipalidades en su
Capitulo IV, artículo 108, incisos 2 y 18. –

ARTICULO 2º: De forma. –
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