PROYECTO DE ORDENANZA
FUNDAMENTOS
VISTO:
El Código de Ordenamiento Urbano Ambiental del Partido de
Campana; la Ley Provincial Nº 14.449 de Acceso Justo al Hábitat; y el expediente 4016-
12.856-2019 – Alc. 1; y
CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante a fs. 2 el Sr. Lucas Sebastián
BAUMANN ingresa copia de un boleto de compra venta y poder general que lo autoriza a
proseguir con las tramitaciones administrativas para la obtención de las aprobaciones
municipales pertinentes.
Que a fs. 22, el Sr. Lucas Baumann ingresa una nota proponiendo la
sustitución de las cesiones establecidas por la Ley, por un predio identificado como
Circunscripción: I, Sección F, Quinta: 36, Manzana 36b, Parcela 1.
Que se menciona que la valuación base del inmueble ofrecido en
canje supera ampliamente el valor territorial de origen constituyendo un beneficio a favor
del municipio.
Que a fs. 24, obra plano de mensura, división y cesión de calles, en
el marco de la Ley Provincial Nº 14.449, correspondiente al predio identificado como
Circunscripción: II, Parcela: 87t.
Que a fs. 28 a 30, obra modelo de Consorcio Urbanístico que
deberá ser firmado por el municipio y el propietario del predio.
Que a fs. 39, el iniciante incorpora la solicitud de adhesión a lo
normado por Ley Provincial Nº 14.449, respecto del proyecto a realizarse en el predio
identificado como Circunscripción: II, Parcela 87t.
Que en la mencionada presentación se ratifica la propuesta de
cesión establecida por Ley, en el predio identificado como: Circunscripción: I, Sección F,
Quinta: 36, Manzana 36b, Parcela 1a:
Que a fs. 40 y 41, se adjunta la memoria descriptiva del proyecto de
loteo, así como su proceso de comercialización y adjudicación según lo establecido por
Ley.
/..
/..
Que a fs. 42 y 43, se encuentra la memoria descriptiva del proyecto
urbanístico a desarrollarse.
Que a fs. 48 a 107, se incorpora la documentación técnica sujeta a
aprobación municipal.
Que a fs. 108 a 115, se encuentra el Certificado Urbanístico emitido
por la Dirección General de Planeamiento, Obras Particulares y Catastro.
Que a fs. 116 a 117 vuelta, obra informe producido por la
mencionada Dirección General considerando factible la realización de la etapa I de la
propuesta.
Que a fs. 118 a 120, se adjunta el protocolo para la gestión de Lotes
con Servicio en el marco de la Ley Nº 14.449 de Acceso Justo al Hábitat, que deberán
cumplimentar quienes soliciten enmarcarse en la ley.
Que a fs. 128 a 150, obra copia de la documentación que deberá ser
evaluada en función de lo requerido por la Ley Nº 14.449 por la autoridad provincial
competente.
Que a fs. 158 a 165 obra memoria descriptiva de las obras públicas
a ejecutar en el loteo.
Que a fs. 171 y 172 obra certificado de prefactibilidad emitido por
la empresa ABSA S.A.
Que a fs. 175 a 178, se incorporan planos de pavimentación urbana
y de red de agua potable del sector.
Que a fs. 179 a 182, obra la memoria descriptiva del proceso de
comercialización y adjudicación de los lotes.
Que en virtud de lo normado en el inciso 1 del artículo 27º del
Decreto-Ley 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), corresponde propiciar
ante el Departamento Deliberativo la sanción de la norma que reglamente su
funcionamiento.
POR ELLO:
/..
/2.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO
DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Aféctase al Programa Lotes con Servicios el inmueble designado
catastralmente como: Circunscripción II, Parcela 87t, Partida Inmobiliaria N° 30408, del
Partido de Campana.
ARTÍCULO 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio
Urbanístico obrante a fs. 28/30 del expediente Nº 4016-12.856-0-2019 – Alcance 1, según
lo establecido por la Ley Nº 14.449.
ARTÍCULO 3º.- Desaféctase al predio citado en el artículo 1° del Área Complementaria,
Zona: REU, según plano que como Anexo I forma parte de la presente.
ARTÍCULO 4º.- Incorpórase el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción
II, Parcela 87t, Partida Inmobiliaria N° 30408 al Área Urbana, Zona Residencial, Sector 6
(U/R6) correspondiente al Barrio denominado comercialmente “Barrio Crosio” cuya
Factibilidad tramita por Expediente Municipal 4016-12.856-2019 Alcance: 1.
ARTICULO 5º.- Requiérase oportunamente la intervención de la Subsecretaría de Hábitat
de la Provincia de Buenos Aires o el Organismo que en el futuro lo reemplace a fin de que
se incorpore al Programa Lotes con Servicios el plano de mensura y subdivisión a
confeccionarse respecto del inmueble designado catastralmente como Circunscripción II,
Parcela 87t, Partida Inmobiliaria N° 30408, del Partido de Campana.
ARTICULO 6º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar las gestiones pertinentes
para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos precedentes.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos.