PROYECTO DE ORDENANZA
FUNDAMENTOS
VISTO:
La Ordenanza N° 7387; y el expediente N° 4016-2437-0-2023; y
CONSIDERANDO:
Que atento a lo solicitado a fs. 1 por el Sr. PERESSONI Bernardo
Alberto D.N.I: 12.269.448, resulta pertinente delimitar el espacio para el estacionamiento
de un vehículo DOMINIO: AD382LL, de manera tal que frente al domicilio ubicado en la
calle FALUCHO N° 1075 de la Ciudad de Campana, quede individualizada un área
reservada, para personas con certificado de discapacidad, para su permanencia, ascenso y
descenso.
Que en otras oportunidades el Honorable Concejo Deliberante ha
permitido excepcionalmente demarcaciones del espacio público reservado para personas
discapacitadas.
Que desde el Departamento Ejecutivo Municipal se ha instrumentado
una política en materia de tránsito, a través de un conjunto de acciones orientadas al
ordenamiento y modificación de las conductas de las personas que conducen vehículos, en
procura de mejorar nuestra calidad de vida cuidando la salud de la persona, con resultados
tangibles en materia de seguridad en el tránsito.
Que la implementación de esta forma de estacionamiento con reservados
se encuentra en un radio de calles y arterias que no alcanza el domicilio del solicitante.
Que la Ordenanza Nº 7387 faculta al Departamento Ejecutivo, una vez
aprobada la Ordenanza que autoriza el pintado de estacionamiento exclusivo de vehículos
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con personas con discapacidad, a delimitar el pintado de estacionamiento exclusivo de
vehículos con personas con discapacidad, o del que las traslade, considerando que en caso
de tener garaje y subida de vehículo, la misma se hará en dicho espacio en sentido paralelo
al cordón, con una reserva máxima de 6 metros, y en el caso de no poseer garaje, se
respetará el pintado de cordón y acera.
Que, asimismo establece que dicha demarcación, irá acompañada por la
señalética y cartelería correspondiente, de acuerdo al croquis que como Anexo I, forma
parte integrante de la misma, detallando: dominio, patente del vehículo y la leyenda “uso
exclusivo de persona con discapacidad”; como así también los requisitos necesarios para
poder acceder a dicha reserva.
Que por lo precedentemente expuesto, resulta pertinente contar con la
aprobación del Honorable Concejo Deliberante.
POR ELLO:
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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO
DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1°. – Autorízase el pintado de estacionamiento exclusivo de vehículos para
personas con discapacidad, frente al domicilio del Sr. PERESSONI Bernardo Alberto,
ubicado en la calle FALUCHO N° 1075 de la Ciudad de Campana, de acuerdo a lo
dispuesto en la Ordenanza N° 7387.-
ARTICULO 2°.- Establécese que el peticionante deberá informar a la dependencia
municipal correspondiente el cambio de domicilio o titularidad del vehículo o cualquier
otra alteración en las condiciones de la reserva, dentro de un plazo de (15) días hábiles de
producida la novedad a fin de analizar la caducidad o continuidad del permiso. –
ARTICULO 3°. – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. –