PROYECTO DE ORDENANZA
FUNDAMENTOS
VISTO:
La necesidad de promover la iniciativa de un sistema de
Datos Abiertos, profundizando la transparencia, la colaboración y la participación
ciudadana en la tarea de construir una sociedad moderna, informada y
participativa; y
CONSIDERANDO:
Que la posibilidad de contar con acceso a los datos de nuestro
municipio nos brinda la oportunidad de tener información accesible, oportuna y
disponible en varios formatos, que se publicara con cierta frecuencia para cambiar
la cultura dentro de la organización y que así se garantice el derecho de acceso;
Que los gobiernos tienen la obligación de contar con una
política de gobierno abierto como política de estado, fomentando la investigación y
el desarrollo de políticas de transparencia y modernización del estado,
garantizando la transparencia en la actividad de la gestión pública municipal, de
todos los organismos y entidades municipales, y el derecho de los ciudadanos a
participar y colaborar en la definición de objetivos, en la toma de decisiones, en la
gestión y en la evaluación sobre asuntos que inciden directa o indirectamente en el
interés público, manteniéndose, a tal efecto, un diálogo abierto, transparente y
constante;
Que esta amplia disponibilidad de datos facilita la interacción
de los ciudadanos entre sí, quienes, en la búsqueda de la sostenibilidad, la
minimización de la exclusión, la necesaria mejora de la educación, la participación
y la transparencia han impulsado un cambio de paradigma en el que el acceso a lo
que se produce cuali-cuantitativamente en todo orden del estado, es algo que ya no
le debe ser ajeno;
Que los datos abiertos y disponibles provenientes de todos los
niveles y sectores del Estado son promotores del conocimiento, la investigación, la
información y el comercio en una relación recíproca con los ciudadanos, en el que
estos proponen posibles mejoras en la gestión pública a partir del conocimiento
generado;
Que el Proyecto de Datos Abiertos debe permitir la
observación de todas las áreas de la administración pública de modo online y
gratuita por parte de los solicitantes validados, sin intervención de empleados
estatales y municipales que puedan ocultar o alterar los respectivos datos;
POR ELLO:
EL BLOQUE DE CONCEJALES Y CONCEJALAS PJ –
UNION POR LA PATRIA SOLICITA A ESTE HONORABLE CUERPO,
APRUEBE EL SIGUIENTE PROYECTO DE:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: La presente ordenanza tiene por objeto garantizar el efectivo
———————ejercicio del derecho al acceso a la información pública, tanto
pasiva como activa, promover la participación y colaboración ciudadana y
transparentar la gestión pública a través de la implementación de políticas de Datos
Abiertos en la Municipalidad de Campana. –
ARTICULO 2º: Establézcase como obligatorio implementar una Política Pública
——————–de Datos Abiertos bajo los principios esenciales de transparencia,
apertura de datos públicos, disponibilidad de información y mecanismos de
participación y colaboración. –
ARTICULO 3º: Todas las dependencias, los organismos y entes del ámbito
público ——————–Municipal tienen la obligación de aportar información y
datos que les sea requerido para el desarrollo e implementación de las políticas de
Gobierno Abierto. Implementación. –
ARTICULO 4: Facultase al Poder Ejecutivo Municipal, mediante la Secretaría
que ——————-corresponda, a implementar y gestionar la recolección,
procesamiento y publicación de datos e información de todo el ámbito público
Municipal de la ciudad de Campana. Entiéndase que la publicación de los datos
pueda ser una tarea descentralizada, donde la autoridad de aplicación será la
encargada de vincular, desarrollar o habilitar los sistemas y permisos necesarios
para dotar a la Municipalidad de los sistemas de gestión de información interna de
datos.-
ARTICULO 5º: En la página de la Municipalidad de Campana, tanto como en la
———————del Honorable Concejo Deliberante, se desarrollará un apartado
específico de “Datos Abiertos”. Este apartado se configurará como un espacio
destinado a:
a) Facilitar a la ciudadanía la información, para que, a su vez, pueda ser compartida
de una forma libre y gratuita.
b) Poner a disposición de la ciudadanía datos en formatos abiertos, para que
puedan ser reutilizados por cualquier persona o entidad interesada en obtener
productos derivados para generar valor social.
c) Canalizar la participación y la implicación de la ciudadanía en los asuntos
públicos, con el fin de que ejerzan de colaboradores de la gestión pública. –
ARTICULO 6º: En los Datos Abiertos publicados se deberá contar con los datos
——————–actualizados mensualmente. El apartado de Datos Abiertos deberá
tener publicado y actualizado al menos con los conjuntos de datos que se detallan
en el Anexo I.-
ARTICULO 7º: Los datos publicados en formato digital en el apartado de Datos
———————Abiertos, deberán cumplir con los siguientes postulados:
– Licencia de datos: Los datos publicados deberán estar garantizados con la
licencia “Creative Commons”. El usuario puede remezclar, retocar, y crear a partir
de los datos publicados, incluso con fines comerciales, siempre y cuando den
crédito y licencian sus nuevas creaciones bajo las mismas condiciones.
– Apertura: Los datos deben ser publicados en formatos abiertos y
reutilizables. Un formato abierto es el formato de archivo no propietario, cuya
especificación esté documentada públicamente o sea de libre conocimiento e
implementación y que esté libre de patentes o de cualquier otra restricción legal o
económica en cuanto a su utilización.
– Metadato: Cada conjunto de datos publicado deberá contener su
correspondiente metadato. Un metadato corresponde a la información que describe
las características de determinado dato, explicándolo en un determinado contexto
de uso.
– Accesibilidad: La Municipalidad se compromete a construir e implementar
sus sitios webs accesibles. Permitiendo cumplir con las normas estandarizadas de
accesibilidad, ley nacional 26.653/2010 “Ley de Accesibilidad de la Información
en las Páginas Web”, asegurándonos de que un gobierno con datos abiertos cumple
con los estándares de accesibilidad web vigentes. –
ARTICULO 8º: El municipio generará un respaldo tecnológico de al menos los
——————–datos del presupuesto, cuenta general del ejercicio, declaraciones
juradas, nómina de agentes municipales. El Municipio promoverá la publicación
automática de los datos, sin la necesidad de la intervención humana en la carga y la
publicación de la información, como así también en lo posible realizar mejoras en
los procesos internos para publicar datos en tiempo real. –
ARTICULO 9º: De forma. –
——————–