Proyecto de Ordenanza del D.E. reconociendo deuda al Dr. Resola José Ramón por la prestación del servicio de anestesia brindado en cirugías programadas y de urgencia en la Unidad Hospitalaria San José.

Exp. N°22372

PROYECTO DE ORDENANZA
FUNDAMENTOS

VISTO:

El Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades)
(t.v.); el Reglamento de Contabilidad y las Disposiciones de Administración de los
Recursos Financieros y Reales para los Municipios, aprobadas por Decreto Provincial Nº
2980/00; y el expediente Nº 4016- 10.277-0-2025; y
CONSIDERANDO:

Que el referido expediente es promovido por la Secretaría de Salud,
con motivo de afrontar el pago a favor del Dr. RESOLA José Ramón, por la prestación
del Servicio de Anestesia brindado en cirugías programadas y de urgencias, y en
prácticas diagnósticas o terapéuticas, conforme a las necesidades de la Unidad
Hospitalaria San José de la Municipalidad de Campana, dependiente de la Secretaría de
Salud.

Que el Servicio Público de prestaciones de Salud, brindado por el
Hospital San José, es un servicio ininterrumpible, las 24 horas de todos los días del año.
Que para cumplir adecuadamente con la prestación de dicho Servicio
Público, es necesaria la provisión permanente e ininterrumpida de determinados
servicios indispensables, entre ellos el servicio de Anestesia, en cirugías programadas y
de urgencias, y en prácticas diagnósticas o terapéuticas, conforme a las necesidades que
surjan de la Unidad Hospitalaria San José, de la Municipalidad de Campana,
dependiente de la Secretaría de Salud.

Que durante el año 2024, el profesional Dr. José Ramón Resola,
prestó servicios para el Hospital Municipal San José, quedando un saldo pendiente de
pago por las prácticas realizadas durante ese año, por la suma de $ 5.434.850,00.-,
conforme se ilustra en la factura emitida por el mismo, la cual luce en el expediente de
referencia y que motiva el inicio de las actuaciones.

Que la Secretaría de Salud considera conveniente proceder al pago a
favor del profesional, por los servicios brindados durante el año 2024, a través de la
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figura de reconocimiento de deuda de acuerdo a lo normado en el artículo 140° del
Reglamento de Contabilidad y su concordante artículo 54° de las Disposiciones de
Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios aprobadas por
Decreto Provincial N° 2980/00.

Que conformado el expediente que prevé la citada norma, se han
agregado al mismo todas las constancias y documentos que posee la comuna y que
permiten fijar con exactitud la real prestación de los servicios cuyo pago se reclama, y
por ende la legitimidad del derecho invocado por el acreedor; y

Que a fs. 8 Dirección de presupuesto ratifica la imputación

presupuestaria mencionada en el artículo 2º del presente Proyecto.

Que a fs. 9 la Contaduría Municipal no posee objeciones de

carácter contable que formular al respecto.

Que a fs. 10 la Secretaría de Economía y Hacienda, no posee

objeciones económicas ni financieras.

POR ELLO:

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/2.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN
EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA
SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º.- Reconócese la deuda correspondiente al año 2024, al Dr. RESOLA
José Ramón, por la prestación del Servicio de Anestesia brindado en cirugías
programadas y de urgencias, y en prácticas diagnósticas o terapéuticas, conforme a las
necesidades de la Unidad Hospitalaria San José de la Municipalidad de Campana,
dependiente de la Secretaría de Salud, cuyo importe asciende a la suma de PESOS
CINCO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL
OCHOCIENTOS CINCUENTA CON CERO CENTAVOS ($ 5.434.850,00), en un todo
de acuerdo a lo normado por el artículo 140° del Reglamento de Contabilidad y su
concordante artículo 54° de las Disposiciones de Administración de los Recursos
Financieros y Reales para los Municipios aprobadas por Decreto Provincial N° 2980/00,
antecedentes agregados al Expediente N° 4016-10.277-0-2025, y según se consigna en la
factura que se detalla a continuación:
– Factura Nro. 00000220, de fecha 12/03/2025, honorarios pendientes por guardias y
prestaciones, por un valor de PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS
TREINTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA CON CERO
CENTAVOS ($ 5.434.850,00)
ARTICULO 2º.- Establécese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo anterior se tomarán de la Jurisdicción 1110107000 Servicio de la
Deuda Pública, Categoría Programática: 93. Deuda Flotante, Fuente de Financiamiento:
110 Tesoro Municipal, Partida Presupuestaria 7.6.1. Disminución de Cuentas a pagar
comerciales a corto plazo, Presupuesto General de Gastos para el ejercicio 2025.-.
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos.-