PROYECTO DE ORDENANZA
FUNDAMENTOS
VISTO:
La necesidad de promover la educación financiera
en la comunidad de Campana, con especial énfasis en la prevención de
estafas dirigidas a adultos mayores, y
CONSIDERANDO:
Que en los últimos años se ha registrado un aumento
significativo de fraudes financieros, estafas telefónicas y engaños digitales
que afectan principalmente a los adultos mayores, quienes muchas veces
carecen de herramientas para detectar y prevenir estos delitos;
Que la educación financiera es un derecho
fundamental y una herramienta clave para el bienestar económico y la
seguridad de los ciudadanos;
Que la Ley de Educación Nacional (Ley N° 26.206)
reconoce la importancia de la educación financiera en el desarrollo de
habilidades que permitan una mejor toma de decisiones económicas;
Que el Municipio de Campana cuenta con el Fondo
Educativo Municipal, cuyos recursos pueden destinarse a programas de
formación y capacitación en diversas áreas de interés público;
Que la implementación de talleres municipales de
educación financiera contribuirá a brindar información práctica sobre el
manejo responsable del dinero, la identificación de fraudes y estafas, el uso
seguro de herramientas bancarias digitales y otros aspectos clave para la
autonomía económica de la población;
POR ELLO:
EL BLOQUE DE CONCEJALAS Y
CONCEJALES PJ – UNION POR LA PATRIA SOLICITA A ESTE
HONORABLE CUERPO APRUEBE E SIGUIENTE PROYECTO DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Créase el Programa Municipal de Talleres de Educación
——————— Financiera, con el objetivo de capacitar a la comunidad en
nociones básicas de finanzas personales y prevención de estafas, haciendo
especial hincapié en los adultos mayores. –
ARTÍCULO 2°: El programa será financiado con recursos del Fondo
——————— Educativo Municipal, conforme a la normativa vigente que
regula su aplicación. –
ARTÍCULO 3°: Los talleres estarán dirigidos a toda la comunidad de
——————— Campana y tendrán los siguientes ejes temáticos:
a) Prevención de estafas telefónicas y bancarias.
b) Uso seguro de herramientas digitales y bancarias (home banking,
billeteras virtuales, etc.).
c) Derechos de los consumidores financieros.
d) Manejo responsable del dinero y planificación de gastos.
e) Información sobre criptomonedas: riesgos, estafas comunes y diferencias
con los sistemas financieros tradicionales. –
ARTÍCULO 4°: El Departamento Ejecutivo coordinará la implementación
———————del programa a través de la Secretaría de Educación y la
Secretaría de Desarrollo Social, pudiendo articular con instituciones
educativas, asociaciones civiles y organismos especializados en educación
financiera. –
ARTÍCULO 5°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar convenios
——————–con entidades bancarias, universidades, organismos
nacionales y provinciales y otras instituciones con experiencia en la materia
para el dictado de los talleres. –
ARTÍCULO 6°: El Municipio garantizará la difusión del programa a través
——————– de sus canales oficiales y de campañas informativas en
centros de jubilados, sociedades de fomento y otros espacios comunitarios. –
ARTÍCULO 7: De forma. –
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