PROYECTO DE ORDENANZA
FUNDAMENTOS
VISTO:
El Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); el Reglamento de Contabilidad; y el expediente Nº 4016-23.598-0-2022; y
CONSIDERANDO:
Que, en las mencionadas actuaciones se constata que existe una deuda generada durante el ejercicio anterior a raíz de diferencias surgidas por un aumento del valor hora/hombre y por horas omitidas en la facturación por el “Servicio de Vigilancia Municipal” brindado en las distintas Dependencias Municipales durante los meses de julio, agosto, septiembre, octubre y diciembre del año 2021.
Que, en tal sentido corresponde reconocer el pago de la deuda generada por el Servicio prestado durante los mencionados meses, por la empresa Cooperativa de Trabajo Solucionar Limitada.
Que a fs. 3 obra factura por un monto de $466.730,88.
Que a fs. 4 obra factura por un monto de $464.526,72.
Que a fs. 5 obra factura por un monto de $660.145,92.
Que a fs. 6 obra factura por un monto de $1.407.513,60.
Que a fs. 7 obra factura por un monto de $37.785,60.
Que a fs. 8 obra factura por un monto de $116.761,44.
Que, resulta un total de PESOS TRES MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 16/100 ($3.153.464,16).
Que a fs. 13, la Dirección de Presupuesto informa la imputación presupuestaria.
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Que a fs. 14, la Contaduría Municipal no posee objeciones de carácter contable que formular.
Que a fs. 18, la Secretaría de Economía y Hacienda no posee objeciones económicas ni financieras.
Que por lo precedentemente expuesto, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 140 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, corresponde formular reconocimiento de deuda de ejercicio anterior por dicha suma.
POR ELLO:
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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Reconócese la deuda que este Municipio mantiene con la empresa Cooperativa de Trabajo Solucionar Limitada, conforme a la prestación del “Servicio de Seguridad Municipal” brindado en las distintas Dependencias Municipales durante los meses de julio, agosto, septiembre, octubre y diciembre del año 2021, cuyo importe total asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 16/100 ($ 3.153.464,16) en los términos del artículo 140º y concordantes, del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y del Decreto – Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), según se consignan en las facturas que se detallan a continuación:
– Factura Nº 002-00009731, por el valor de $ 466.730,88 por el mes de julio 2021.
– Factura Nº 002-00009732, por el valor de $ 464.526,72 por el mes de agosto 2021.
– Factura Nº 002-00009733, por el valor de $ 660.145,92 por el mes de septiembre 2021.
– Factura Nº 002-00009772, por el valor de $ 1.407.513,60 por el mes de diciembre 2021.
– Factura Nº 002-00009788 por el valor de $ 37.785,60 por el mes de diciembre 2021.
– Factura Nº 002-00010212 por el valor de $ 116.761,44 por el mes de octubre y diciembre 2021.
ARTÍCULO 2º.- Establécese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior se tomarán de la Jurisdicción 1110107000 “Servicio de la Deuda Flotante”, Categoría Programática 93.00.00 “Deuda Flotante”, Fuente de Financiamiento 110 “De Origen Provincial”, Partida Presupuestaria 7.6.1.0 “Disminución de Cuentas a Pagar”.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-