PROYECTO DE RESOLUCIÓN
FUNDAMENTOS
VISTO:
El tema educativo es fundamental para el desarrollo del país; y
CONSIDERANDO:
Que la educación y constituye derechos personales y sociales garantizados por el Estado. Estando consagrado como un derecho constitucional, es primordial que las autoridades competentes otorguen una regulación adecuada y primordial para garantizar el ejercicio pleno de la soberanía que otorga la Carta Magna. La educación es una formación práctica y metodológica que se le da a una persona en vías de desarrollo y crecimiento;
Que el aprendizaje de una persona comienza desde su infancia, al ingresar en institutos llamados escuelas o colegios en donde una persona previamente estudiada y educada implantará en la persona identidades, valores éticos y culturales;
Que el proceso de formación y el conjunto de la misma, resulta ser una prioridad nacional, y se constituye en política de Estado para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, respetar los derechos humanos y libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo económico-social de la Nación;
Que la educación brindará las oportunidades necesarias para desarrollar y fortalecer la formación integral de las personas a lo largo de toda la vida y promover en cada educando/a la capacidad de definir su proyecto de vida, basado en los valores de libertad, paz, solidaridad, igualdad, respeto a la diversidad, justicia, responsabilidad y bien común;
Que la finalidad de este proyecto, es obtener datos sobre la realidad educativa de nuestra Ciudad, para poder hacer un análisis profundo, cualitativo y cuantitativo, del estado actual de la escolaridad;
POR ELLO:
EL BLOQUE DE CONCEJALES DE JUNTOS, SOLICITA A ESTE HONORABLE CUERPO, APRUEBE EL SIGUIENTE PROYECTO DE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º.- Solicítase la Jefatura Distrital Regional, designado por la Dirección General de Cultura y Educación envíe un informe detallado, respecto a la curva de deserción escolar de los años 2018, 2019, 2021 y 2022.-
ARTÍCULO 2º.- Envíese copia de la presente a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTÍCULO 3º.- De forma.-
AUTOR: CONCEJAL ALEJANDRO BARJA