PROYECTO DE ORDENANZA
FUNDAMENTOS
VISTO:
EL expediente Nº 4016-25.767-0-22; y
CONSIDERANDO:
Que según la Ley Nacional de Tránsito (Ley Nº 24.449), a la que este Municipio se encuentra adherida por intermedio de la Ley Provincial Nº 13927, los motovehículos deben cumplir con las mismas normas que los automotores, por lo que deben estacionarse en forma paralela al cordón sobre la calzada salvo que existan sectores demarcados para estos, en los que solo se podrá estacionar en ellos.
Que en el caso de que los motovehículos se utilicen para la actividad de entrega de mercadería a domicilio, estos van a poder acceder hasta el lugar del destino, pero por el tiempo justo que requiera la operatoria.
Que en la actualidad se advierten decenas de motovehículos estacionados en las veredas del centro de la ciudad.
Que la proliferación de estos rodados para trabajar y movilizarse, generan un problema en el espacio público.
Que desde la Dirección General de Tránsito y Transporte se viene trabajando en la puesta en marcha de un plan que tiene como fin inmediato incrementar las áreas de detención exclusiva para motovehículo en mas de 200 unidades.
Que para ello se sumarán nuevos espacios en Av. Roca y en la intersección de esta, con sus transversales y, como prueba piloto, se extenderá a distintos puntos de la Ciudad que se tuvieron en cuenta por su conflictividad y afluencia de motovehículos.
Que además se extenderá la experiencia a otros barrios y, se harán relevamientos para observar la adaptación a la nueva norma y se reforzarán los controles.
Que principalmente se ve afectada la transitabilidad de las veredas por donde este tipo de vehículos suelen estacionarse.
Que los motovehículos mal estacionados de manera paralela a la acera provocan demoras en el estacionamiento de automotores, que perjudican de manera directa al contribuyente de la ciudad que se dirige a realizar trámites y compras, en donde se encuentran la mayor cantidad de bancos, oficinas de servicios, comercios y tiendas de la ciudad.
Que el proyecto tiende a mejorar el ordenamiento vial, consensuando las mejores posibilidades de colocar estacionamiento para motovehículos, que afecten con el menor impacto posible el transito vehicular y la contaminación visual de las veredas de la ciudad.
Que teniendo en cuenta la solicitud del Sr. Churruarin, Alexis Benjamin D.N.I: 31.271.999 obrante a fs. 1 del expediente de referencia, la Dirección General de Tránsito y Transporte, dependiente de la Secretaría de Prevención y Seguridad Ciudadana considera oportuno delimitar y demarcar exclusivamente un área de detención para el estacionamiento de motovehículos, sólo en el horario de trabajo del local Takos y Takos, ubicado en calle Sivori N° 712, de la ciudad de Campana.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a delimitar y/o demarcar un áreas de detención exclusivas para el estacionamiento de motovehículos, en el local TAKOS Y TAKOS ubicado en calle Sivori N° 712 de la ciudad de Campana, con pintura en forma de cajón, en color verde con demarcación y letras amarillas con la leyenda motos, que contarán con protecciones plásticas a cada extremo, ubicados en los últimos cinco metros de cada cuadra, antes de llegar a la esquina, que serán de uso exclusivo para el estacionamiento de motovehículos, los que deberán estar a 45°.-
ARTÍCULO 2°.- La Dirección de Tránsito y Transporte o dependencia que haga sus veces en un futuro, será autoridad de control y verificación del cumplimiento de la presente norma.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos. –