PROYECTO DE ORDENANZA
FUNDAMENTOS
VISTO:
La necesidad de sistematizar un protocolo de actuación en caso de emergencias y/o necesidad de evacuación de edificaciones y edificios públicos, de uso residencial colectivo, administrativo, comercial, industrial, instituciones educativas, clínicas y sanatorios; y
CONSIDERANDO:
Que, en pos de salvaguardar la vida de las personas, es necesario llevar adelante la sistematización de un plan de emergencia que planifique y organice a las personas para la utilización optima de los medios técnicos previstos, con la finalidad de reducir al mínimo las posibles consecuencias tanto humanas como económicas que puedan derivarse de una situación de emergencia;
Que el protocolo permitiría un accionar integral ante situaciones consideradas como emergencias reales, o bien, en actividades de simulacros, estos últimos representan la oportunidad formativa y preventiva para el órgano municipal a través del conocimiento del personal capacitado, para que en casos de emergencia cuenten con el conocimiento y disciplina institucional ante un evento como lo es un incendio, artefacto explosivo, explosión, inundación o siniestros de similares características que ameriten activar el protocolo de actuación para dar respuesta a situaciones de emergencia;
Que la existencia de un plan de prevención permitirá reconocer las amenazas a las cuales podríamos estar expuestos, identificando zonas de riesgo (calderas, cocina, tableros eléctricos etc.) realizar un inventario de recursos con los que se cuenta (extinguidores, salidas de emergencia, botiquín, máscaras de oxígeno, camillas, sillas de rueda, medios de traslados etc.) para diseñar un plan de acción. Tener un plan, estar organizado para responder ante un siniestro, una estrategia para lograr el objetivo, el cual es preservar la vida y la integridad física de las personas humanas;
Que, a través de un Plan de Emergencia se establecen dispositivos necesarios de intervención en situaciones de riesgo, así como la coordinación de todos los elementos que deben participar de manera tal de minimizar los efectos o consecuencias destructivas que pudieran ocasionarse en la eventualidad de una emergencia;
Que, cualquier situación no deseada que pueda poner en peligro la integridad de las personas o de las dependencias que las albergan requiere una actuación específica para contrarrestarla;
Que, contar con un Plan de Emergencia y Evacuación, nos ayudaría a prepararnos para manejar mejor las emergencias y desastres que pudieran acontecer. En él, se define la secuencia de acciones a desarrollar para el control inicial de las emergencias que pudieran producirse;
Que, si bien Campana no se caracteriza por ser una zona de alto peligro de desastres (sobre todo del orden natural), no estamos exentos a situaciones de riesgo. Nuestro contexto nos obliga a introducirnos como sociedad en estos temas;
Que, según los expertos, el grado de vulnerabilidad de las personas ante situaciones de emergencias está directamente relacionado con su nivel de educación;
Que, educar a la población, generar cambios de actitudes ante desastres o sucesos imprevistos y promover la cultura de la prevención en la ciudadanía son deudas que debemos saldar colectivamente entre Estado y Sociedad, entre el Sector público y el Sector privado;
Que, si bien es cierto que hay normativa que establece condiciones que se deben seguir en toda construcción respecto a los medios de salidas y a la prevención y protección contra incendios, es menester efectuar modificaciones al mismo, sistematizar en un plan, llevar control y por sobre todas las cosas, controlar el cumplimiento efectivo de la norma;
Que es simple de comprobar la poca sistematización y/o actualización de estas cuestiones, por ejemplo, con la escasa o nula efectivización de simulacros en dependencias municipales, en instituciones educativas tanto publicas como privadas cualquiera sea su nivel. Podemos sumar a esta estadística a sanatorios, el propio hospital municipal, hipermercados, etc.;
Que puede sonar a frase hecha, pero entender que prevenir salva vidas tendría que ser razón suficiente para que abordemos a conciencia esta problemática y generemos acuerdos para llevar soluciones concretas en esta área;
POR ELLO:
EL BLOQUE DE CONCEJALES Y CONCEJALAS PJ – FRENTE DE TODOS SOLICITA A ESTE HONORABLE CUERPO, APRUEBE EL SIGUIENTE PROYECTO DE:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Créase el «Plan de Emergencia y Evacuación para edificaciones y edificios públicos». Será obligatorio para las edificaciones públicas y/o privadas emplazadas dentro del ejido urbano de la ciudad (de uso residencial colectivo, administrativo, comercial, industrial, instituciones educativas, clínicas y sanatorios) poseer un Plan de Emergencia y Evacuación de modo de contar con una herramienta de vital importancia para preservar la vida e integridad física de las personas ocupantes de una estructura edilicia que atraviese una situación de emergencia. La presente también resulta de aplicación obligatoria en los eventos con concurrencia masiva de público (más de 300 personas).-
ARTICULO 2: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá, al momento de la reglamentación de la presente norma, tomar como parámetros la superficie mínima y su factor ocupacional de modo de establecer el alcance de dicha exigencia en las edificaciones de uso administrativo, comercial y residencial colectivo. –
ARTICULO 3º: A los efectos de cumplimentar lo dispuesto en el Artículo 1 de la presente, dicho Plan constituirá un requisito indispensable al momento de tramitar el Final de Obra correspondiente ante la Dirección de Obras Particulares del Municipio. –
ARTICULO 4º: Para todas aquellas edificaciones existentes anteriores a la fecha de sanción de la presente norma, y cuyos usos se encuadren dentro de los mencionados en el Artículo l, se otorgará un plazo máximo de un (1) año para formular su Plan de Emergencia y Evacuación, debiendo presentar el mismo ante la Autoridad de Aplicación que será designada por el departamento Ejecutivo. En el caso de los eventos de concurrencia masiva, será responsable el productor del evento de presentar el plan de emergencia y evacuación 10 días previos a la realización del evento, caso contrario dicho evento no podrá ser llevado adelante. –
ARTICULO 5º: Los planes de Emergencia y Evacuación deberán ser elaborados por un profesional habilitado en la materia, debiendo contar además con un visado previo efectuado por aquellas instituciones u organismos técnicos que la autoridad de aplicación determine al momento de la reglamentación de la presente norma.-
ARTICULO 6º: En cuanto a los organismos públicos de cualquier índole, la Autoridad de Aplicación será la responsable de la elaboración del plan de emergencia y evacuación. En el caso puntual de los establecimientos educativos, la autoridad de aplicación deberá coordinar y articular con las autoridades escolares para dar cumplimiento efectivo a la resolución 2299/2011 o a la normativa que en un futuro la reemplace.-
ARTICULO 7º: Los planes de Emergencia y Evacuación deberán contemplar y especificar mínimamente los siguientes ítems:
- Edificio: Contar con las características del edificio y el rubro al que está destinado comercial, vivienda, mixto, etc., para la confección de la planilla de evacuación, así como también el domicilio correspondiente.
- Zona limitada: Se deberá disponer de una zona demarcada con anterioridad en los planos alusivos (tipo “Ud. está aquí”) dividiendo los sectores o bien pintando el piso o identificarlo por medio de un número.
- Área: Comprende el lugar físico determinado, el cual deberá relevarse acorde a los riesgos existentes dadas las características constructivas y la totalidad de personas que habitan los diferentes departamentos, pisos u oficinas, debiendo figurar en el plan de evacuación.
- Evacuar por: Será el recorrido demarcado previamente en la correspondiente planilla por el cual se desplazarán las personas hacia un lugar seguro. Las vías de evacuación permanecerán libres de obstáculos (armarios, muebles, etc.) que puedan achicar el ancho de los pasillos y corredores, entorpeciendo el normal desplazamiento. Así también, se colocará en la planilla el número o letra de las puertas para una mejor identificación y a la vez por qué calle se evacuará el edificio (en caso que tenga salidas alternativas). Si las características edilicias los permiten, se dispondrá previamente de un plan con diferentes rutas de salidas.
- Responsables: En cada área o sector deberá haber un encargado que pueda guiar la evacuación, si se trata de un edificio de oficinas se podrá realizar una planificación con un líder o dos del piso correspondiente y en un departamento se podrá contar con la ayuda de propietarios y los encargados de edificio. Los responsables figurarán en la planilla con nombre y apellido o cargo (en caso de relaciones laborales).
- Señalización, luces de emergencia y matafuegos: Verificar existencia y funcionamiento.
- Teléfonos de Emergencia: Deberán colocarse en forma visible dentro de la planilla los números de teléfono del Cuerpo de Bomberos, Policía, Defensa Civil, SAME.
- Personal de seguridad: En caso de que el edificio tenga una empresa de seguridad privada, se deberá organizar un sistema de alarma y evacuación con los mismos, ya que pueden tener roles asignados como guía, líderes de piso o el llamado a los organismos de emergencia; por eso, se deberá conocer el número de interno y colocarlo en la planilla para la evacuación y a la vez distribuir los roles a este personal.
- Personal de Mantenimiento: El personal que cumple tareas de mantenimiento en un edificio (privado o laboral) es muy importante para la evacuación, ya que puede colaborar con los roles asignados como ser el corte programado del suministro eléctrico, guía o líder de piso, etc. Se deberá conocer el número de interno y colocarlo en la planilla.
- Lugar de reunión en la vía pública: Se establecerá un lugar de reunión en la vía pública y deberá colocarse en la planilla el punto prefijado (calles, avenidas, lugares físicos, etc.)
- Cantidad de Personas: Se establecerá la cantidad de personas (adultos, niños, ancianos, personas con algún impedimento físico, etc.) que ocupan el edificio y deberá colocarse en la planilla respectiva de evacuación.
- Responsable del Plan: En caso de tratarse de un edificio público o privado con relación laboral, el responsable del plan será la máxima autoridad del lugar pudiendo delegar funciones y ejecución del plan. En un edificio de vivienda el o los responsables serán: presidente de consorcio, algún propietario, encargados de edificio, etc. pudiendo delegar funciones para su ejecución.
ARTICULO 8º: A los efectos de dar a conocer los Planes de Emergencia y Evacuación será obligatorio organizar anualmente al menos la realización de 2 (dos) Simulacros de Evacuación, a los fines de capacitar a las personas ocupantes para tomar las decisiones oportunas y disminuir los riesgos posibles en situaciones de emergencia. Los mismos deberán ser documentados por profesional habilitado en la materia. La Autoridad de Aplicación a su vez deberá prever un esquema anual de simulacros sorpresivos. –
ARTICULO 9º: De forma.-