PROYECTO DE RESOLUCION
FUNDAMENTOS
VISTO:
La necesidad de difundir e informar sobre la existencia del “Síndrome de Rett”; y
CONSIDERANDO:
Que la estadística indica, que lo padecen uno cada diez mil individuos, en su mayoría niñas;
Que la ciudad de Campana no es ajena a este problema de salud, siendo que hay una niña con esta patología y puede que haya más;
Que esta enfermedad toma el nombre del médico austríaco Andrés Rett, quien fue el primero en describir a esta patología en el año 1966;
Que sucintamente podemos decir que se trata de un trastorno genérico neurológico y del desarrollo poco frecuente, que afecta la forma en la que se desarrolla el cerebro, y causa una pérdida progresiva de las habilidades motoras, del habla y de la capacidad intelectual;
Que el deterioro es persistente y progresivo, afectando principalmente a las niñas;
Que no suele ser hereditario, a pesar de ser ocasionado por una mutación genética;
Que en todos los casos, los síntomas se manifiestan antes de los cuatro años de vida;
Que se observa un deterioro severo en el desarrollo del lenguaje expresivo y receptivo, acompañado de un retraso psicomotor importante, pérdida precoz del interés social, marcha y movimientos del cuerpo poco coordinados, entre otros factores de importancia;
Que no hay cura definitiva, pero los medicamentos, la fisioterapia, la terapia conversacional y el apoyo nutricional, ayudan a controlar los síntomas, a evitar futuras complicaciones y a mejorar la calidad de vida;
Que más allá que se sigue investigando al respecto y que todavía no existe una estadística oficial confiable, casi todos los que tienen esta enfermedad viven hasta la edad adulta, y pueden hacerlo hasta superar normalmente los 50 años;
POR ELLO:
EL BLOQUE DE CONCEJALES Y CONCEJALAS DEL PJ – FRENTE DE TODOS SOLICITA A ESTE HONORABLE CUERPO, APRUEBE EL SIGUIENTE PROYECTO DE:
RESOLUCION
ARTICULO 1º: Declárase de Interés Legislativo, el mes de octubre como mes de la concientización sobre el “SINDROME DE RETT”, por los motivos expuestos en la presente.-
ARTICULO 2º: Dese amplia difusión por todos los medios de comunicación posibles, a fin de visibilizar y concientizar sobre esta enfermedad a nivel local.-
ARTICULO 3º: De forma. –