PROYECTO DE COMUNICACIÓN
FUNDAMENTOS
VISTO:
La necesidad de recuperar la condición de Biblioteca Popular reconocida por la Comisión Nacional Protectora de Bibliotecas Populares para nuestra Biblioteca Municipal; y
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional Protectora de Bibliotecas Populares, -CONABIP- creada en 1870, es un organismo dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación que fomenta el fortalecimiento de las Bibliotecas Populares como organizaciones de la sociedad civil e impulsa su valoración pública como espacios físicos y sociales relevantes para el desarrollo comunitario y la construcción de ciudadanía;
Que entre sus objetivos se destacan el promover y contribuir al sostenimiento del trabajo de bibliotecas a lo largo y lo ancho de todo el territorio nacional, ayudando a los dirigentes socioculturales de las mismas a extender su capacidad de llegada a la comunidad;
Que además de realizar periódicas donaciones de libros y equipamiento, la CONABIP también propicia la realización de capacitaciones y actividades de extensión cultural de todo tipo;
Que durante muchos años nuestra Biblioteca Municipal estuvo registrada con esa categoría, lo que le permitió contar con el apoyo de la mencionada institución;
Que la creación de una comisión de gestión que colabore con la tarea de las autoridades de la biblioteca, permitiría no sólo contar un valioso nexo de participación de actores de la vida comunitaria interesados en la gestión cultural de la biblioteca, sino también recuperar ese vínculo con el mencionado organismo;
Que la propia CONABIP pone a disposición las guías e instructivos para la constitución de una Biblioteca Popular y su incorporación en el registro;
POR ELLO:
EL BLOQUE DE CONCEJALES Y CONCEJALAS PJ – FRENTE DE TODOS SOLICITA A ESTE HONORABLE CUERPO APRUEBE EL SIGUIENTE PROYECTO DE:
COMUNICACIÓN
ARTICULO 1°: Solicitase al Departamento Ejecutivo, a través de la/s Secretaría/s que corresponda/n gestionar ante la Comisión Nacional Protectora de Bibliotecas Populares, la recuperación de la categoría de Biblioteca Popular para la Biblioteca Pública Municipal “Octavio R. Amadeo”. –
ARTICULO 2°: De forma.-