PROYECTO DE ORDENANZA
FUNDAMENTOS
VISTO:
El Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); y el expediente Municipal N° 4016-28.444/2016; y
CONSIDERANDO:
Que el contribuyente GONZALEZ RENOTH, Jorge a fs. 30 y a fs. 36, solicita exención de pago de la Tasa de Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Servicios Generales, correspondiente a los años 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021, respecto del inmueble identificado Catastralmente como: Circunscripción I, Sección E, Manzana 108, Parcela 21, Cuenta 126031-0.
Que tal pedido lo solicita debido a la condición que padece, agregando para constancia fotocopia de: Planillas de ANSES, Escritura del inmueble por el cual solicita la exención, Recibo de Haberes, Documento Nacional de Identidad y Certificado de Discapacidad.
Que en Acta de Inspección obrante a fs. 45, se verifica el inmueble donde el peticionante reside.
Que la Dirección General de Administración Tributaria a fs.46, manifiesta que, no existen objeciones sobre el pedido solicitado por el contribuyente y adjunta listado de deuda correspondiente.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Condónase la deuda correspondiente a los años 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021, al Sr. GONZALEZ RENOTH Jorge, D.N.I. N° 16.419.703, respecto del pago de la Tasa por Servicios Generales, correspondiente al inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección E, Manzana 108, Parcela 21, Cuenta N° 126031-0.-
ARTÍCULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a las cuotas impagas de la Tasa mencionada en el mismo y solamente en los períodos mencionados.-
ARTÍCULO 3°. – El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos anteriores.-
ARTÍCULO 4°. – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. –