PROYECTO DE ORDENANZA
FUNDAMENTOS
VISTO:
El Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de Municipalidades) (t.v.); la Ley Nacional Nº 25.916; la Ley Provincial de Residuos Sólidos Urbanos Nº 13.592; el Convenio Marco, suscripto el día 3 de agosto de 2018, entre «CEAMSE» (COORDINACIÓN ECOLÓGICA ÁREA METROPOLITANA SOCIEDAD DEL ESTADO) y la Municipalidad de Campana; la Ordenanza Nº 6966; la Addenda del mencionado Convenio, celebrada el día 29 de junio de 2020, Ordenanza N° 7032; la Addenda celebrada el día 25 de abril del 2022; y el expediente Municipal Nº 4016-5119/2018: y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial de Residuos Sólidos Urbanos Nº 13.592 tiene como objeto fijar los procedimientos de gestión de los residuos sólidos urbanos, de acuerdo con las normas establecidas en la Ley Nacional Nº 25.916 de «Presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión integral de residuos domiciliarios».
Que, en ese contexto, el Señor Intendente Municipal ha celebrado el día 3 de agosto de 2018, un Convenio Marco con»CEAMSE» (COORDINACIÓN ECOLÓGICA ÁREA METROPOLITANA SOCIEDAD DEL ESTADO), por el cual la Municipalidad encomienda al referido CEAMSE, la prestación del Servicio de Disposición Final de los Residuos Sólidos Urbanos, que fueren generados en el ámbito de la jurisdicción territorial de la Municipalidad de Campana, Provincia de Buenos Aires, el que fue oportunamente convalidado mediante la Ordenanza Nº 6966, renovando la vigencia del mismo a través de la Addenda de fecha 29 de junio del 2020, convalidada mediante Ordenanza N° 7032.
Que, al haberse producido el vencimiento del plazo de la Addenda del Convenio suscripto, y siendo que la Municipalidad tiene intenciones de seguir contando con el referido servicio a cargo de CEAMSE, las partes decidieron renovar el plazo del misma, mediante una Addenda y sus Anexos I y II, cuya copia luce a fs. 57/69 del expediente de referencia, por el período comprendido entre el día 01/01/2022 finalizando el día 31/12/2023, el cual podrá ser renovado de común acuerdo entre las partes.
Que, por lo precedentemente expuesto y acorde a lo establecido en la Ley Orgánica de las Municipalidades (t.v.), resulta necesario contar con la aprobación del Departamento Deliberativo.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Convalídase en todas sus partes la Addenda Convenio, suscripta el día 25 de Abril de 2022, entre “CEAMSE” (COORDINACIÓN ECOLÓGICA ÁREA METROPOLITANA SOCIEDAD DEL ESTADO) y la Municipalidad de Campana, cuya copia luce a fs. 57/69 del expediente Nº 4016-5119/18.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-