PROYECTO DE ORDENANZA
FUNDAMENTOS
VISTO:
El Decreto – Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades), las Ordenanzas N° 5430 y 7288; y el Exp. N° 4016-18390-0-2021; y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza N° 5430 estableció un régimen de promoción industrial en la Ciudad de Campana hace más de una década, contribuyendo a la radicación de empresas y la consecuente generación de trabajo para nuestras vecinas y vecinos, con indicadores sostenidos de pleno empleo hasta el año 2016;
Que diversas decisiones de política económica nacional durante los años 2016 a 2019 generaron una retracción en el desarrollo industrial argentino, afectando especialmente a las regiones industriales como donde se inserta Campana, sufriendo el cierre de fábricas y la consecuente pérdida de puestos de trabajo;
Que el pasado 22 de diciembre de 2021, el Departamento Ejecutivo Municipal impulsó una reforma a la Ordenanza N° 5430, considerándola añeja y “generando un proceso de modernización normativa”, y en consecuencia la mayoría integrante de este Honorable Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza N° 7288, que a ciencia cierta concentró las modificaciones en dos aspectos: a) Eliminar las instancias de participación ciudadana, institucional y política para concentrar la toma de decisiones sobre el alcance de los beneficios y el análisis de validación de los beneficiarios, y b) Eliminar la obligatoriedad de incorporación del setenta y cinco (75%) de mano de obra local para acceder a los beneficios;
Que a la fecha no se percibe cumplimiento de los objetivos planteados en el proceso de reforma normativa, por el contrario, nuestra ciudad es una de las pocas que no logra acoplarse a un contexto generalizado de recuperación del empleo industrial en el país y la región;
Que la afirmación del párrafo anterior se sostiene sobre datos de empleo surgidos del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), publicados a su vez por el Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, a través del CEP XXI en base a AFIP, en el que se da cuenta de la creación de 81.000 nuevos puestos de trabajo industrial desde diciembre de 2019:
Que, a su vez, mientras ciudades vecinas crecieron en altos niveles de variación del empleo industrial formal, de enero 2020 a enero 2022 en el AMBA, como Pilar 13.8%, Escobar 10.7%, Zárate 5.3%, Campana se ubica en los últimos puestos del ranking con sólo 3.3%;
Que, en consecuencia, ante la solicitud de un conjunto de organizaciones sindicales integrantes de la CGT Regional Campana- Zárate, impulsamos la presente restitución de normas que garanticen que el empleo que se cree en la ciudad se destine a generar oportunidades para nuestras vecinas y vecinos;
POR ELLO:
EL BLOQUE DE CONCEJALES Y CONCEJALAS DEL PJ- FRENTE DE TODOS SOLICITA A ESTE HONORABLE CUERPO APRUEBE EL SIGUIENTE PROYECTO DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Restitúyase la obligatoriedad de incorporación de mano de obra local como requisito indispensable de acceso a los beneficios del Régimen de Promoción Industrial Local.-
ARTÍCULO 2º: Modificase el texto del Art. 4°, Inc. 4) de la Ordenanza 7288, el cual quedará redactado de la siguiente forma: “Incorporen un ochenta y cinco por ciento (85%) de mano de obra residente en el Municipio con una antigüedad de residencia ininterrumpida no menor a un (1) año”.-
ARTÍCULO 3°: De forma.-