PROYECTO DE ORDENANZA
FUNDAMENTOS
VISTO:
La necesidad de optimizar el uso del espacio público en la ciudad; y de regular la reserva de espacio para estacionamiento de vehículos de Personas con Discapacidad; y
CONSIDERANDO:
Que una de las principales problemáticas que tienen los automovilistas es la dificultad para estacionar sus vehículos en distintas zonas de la ciudad;
Que sumado a esta cuestión, el incremento del parque automotor, que se produjo en los últimos años, y el aumento de circulación de vehículos en la ciudad complica cada vez más ordenamiento del tránsito;
Que estos vehículos resultan vitales para el uso cotidiano de los ciudadanos con movilidad reducida o con alguna discapacidad que implica limitación en la funcionalidad debido a que son utilizados para su traslado;
Que ante esta problemática se hace fundamental que los mismos cuenten con lugar exclusivo para estacionar cerca a su Domicilio;
POR ELLO:
EL BLOQUE DE CONCEJALES DE JUNTOS, SOLICITA A ESTE HONORABLE CUERPO, APRUEBE EL SIGUIENTE PROYECTO DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a delimitar el estacionamiento exclusivo de vehículos de personas con discapacidad, o del que las traslade, considerando que, en caso de poseer garage y subida de vehículo, la misma se hará en dicho espacio, en sentido paralelo al cordón, con una reserva máxima de 6 metros; en el caso de no poseer garage, se respetará el pintado de cordón y acera.-
ARTÍCULO 2º.- Dicha demarcación, ira acompañada por la señalética y cartelería correspondiente (ANEXO I), detallando: dominio patente del vehículo y la leyenda “uso exclusivo de persona con discapacidad”.-
ARTÍCULO 3º.- REQUISITOS: Personas que manejan su propio vehículo:
- Certificado de discapacidad (art. 3, Ley 22431), a través del cual quede
comprobado el tipo y grado de discapacidad. Teniendo en cuenta que para adquirir
el beneficio se debe padecer, de forma permanente, deficiencia motora de los
miembros inferiores y manifestar dificultad de traslación. - Título de propiedad del vehículo.
- DNI vigente que acredite el domicilio del beneficiario
Personas que son transportadas, además: - Título de propiedad del vehículo.
- DNI solo del conductor.
ARTÍCULO 4º.- La Dirección de Tránsito y Transporte, autorizar la delimitación del uso exclusivo, para estacionamiento con personas con discapacidad y llevará a cabo los trabajos necesarios, para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.-
ARTÍCULO 5º.- De forma.-
AUTORA: CONCEJALA ANDREA ROMAN.-