PROYECTO DE ORDENANZA
FUNDAMENTOS
VISTO:
Las sociedades democráticas y participativas necesitan cada vez más personas que interactúen entre ellas, intervengan en la toma de decisiones públicas, generen diálogos constructivos, planificando el accionar público de manera transparente y colaborativa; y
CONSIDERANDO:
Que en Argentina, el discurso ambientalista tiene creciente relevancia y visibilidad frente a la crisis ecológica, de comienzos de la década de 1960;
Que existen acciones y expresiones de individuos y organizaciones, asociaciones académicas en temas ambientales, organizaciones gubernamentales y, en menor medida, en los medios de comunicación;
Que es necesario profundizar en conjunto las tareas ambientales que deben llevar adelante los diferentes organismos que integran el Estado;
Que para profundizar en materia ambiental es necesario y urgente crear escuchar la diversidad de voces que se encuentran en la ciudad de Campana;
Que no se puede considerar el ambiente desde una sola mirada, sino de la multiplicidad de las mismas llegando a puntos comunes para dar solución a temas que preocupan enormemente como la utilización de agrotóxicos en poblados e instituciones educativas;
Que en la ciudad de Campana, desde hace muchos años, es de público conocimiento la existencia de una conflictividad ambiental a partir de distintos hechos que devienen de denuncias en la justicia, en medios, redes sociales y todo aquel canal que hace visible distintos y variados hechos que provocan un daño al medio ambiente y la vida;
POR ELLO:
EL BLOQUE DE CONCEJALES Y CONCEJALAS PJ – FRENTE DE TODOS SOLICITA A ESTE HONORABLE CUERPO APRUEBE EL SIGUIENTE PROYECTO DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Créase la Mesa de Trabajo Ambiental, con jurisdicción en la ciudad de Campana en el ámbito del HCD.
ARTÍCULO 2º: La Mesa de Trabajo Ambiental, estará integrado por:
a) Un (1) representantes del Departamento Ejecutivo Municipal.
b) Un (1) representante de los distintos Bloques del Honorable Concejo Deliberante de Campana.
c) Un (1) representante de cada Instituciones Universitarias.
d) Un (1) representante Judicial.
e) Un (1) representante por cada Asociación Ambiental de la ciudad de Campana.
f) Un (1) representante por cada Asociación Agraria de la ciudad de Campana.
ARTÍCULO 3°: La Mesa de Trabajo Ambiental dictará su propio reglamento. –
ARTÍCULO 4º: Será función de la Mesa de Trabajo Ambiental:
a) Organizar un banco de información que reúna todas normas que regulen el tema de medio ambiente a nivel Municipal, Provincial, Nacional y Latinoamericano.
b) Coordinar y gestionar actividades y materiales de estudio, además de reunir documentación, publicaciones, trabajos técnicos u otros datos útiles sobre la problemática ambiental, con organismos de similares características en otras ciudades y provincias, para la defensa del medio, como así también con otros organismos municipales, provinciales, nacionales, del Mercosur y del Comité Latinoamericano de Parlamentos Municipales.
c) Se tratarán problemáticas ambientales locales.
d) Sobre cada problemática ambiental se deberá arribar a una conclusión que será publicada de inmediato en medios locales.
e) Crear una agenda local ambiental de la Mesa de Trabajo Ambienta
f) Crear un Registro de Asociaciones Ambientalistas y Agrarias de la ciudad de Campana.
ARTÍCULO 4º: La Mesa de Trabajo Ambiental del HCD convocará a las Instituciones Intermedias y/o Profesionales para tratar temas específicos de la misma.-
ARTÍCULO 5º: La Mesa de Trabajo Ambiental emitirá informes anuales que serán comunicados por los distintos medios locales.-
ARTÍCULO 6º: De forma.-