Expediente N°

20633

Extracto:

Solicitando a ambas cámaras legislativas de la Provincia de Buenos Aires den pronto tratamiento al Proyecto de Ley de "Acompañantes Terapéuticos" que tramita bajo expediente D-104/22-23-0.

Proyecto:

PROYECTO DE RESOLUCIÓN
FUNDAMENTOS

VISTO:

El Proyecto de Ley que tiene por objeto regular la actividad del Acompañante Terapéutico en la Provincia de Buenos Aires, Expte. D – 104/22-23-0; y

CONSIDERANDO:

Que reviste gran importancia generar un marco normativo que determine claramente los alcances de la actividad de «Acompañante Terapéutico”;

Que la figura del Acompañante Terapéutico carece de reconocimiento legal en 12 de las 24 provincias del país, además; de unos 25 mil acompañantes terapéuticos estimados en territorio bonaerense, solo un 20% ha completado un terciario, lo que denota la inexistencia de un criterio unificado en el grado de formación, su matriculación o el precio de sus servicios. Como consecuencia de esto, no solo hay derechos laborales vulnerados, sino también una deslegitimización de la tarea, muchas veces desconocida;

Que el Acompañante Terapéutico es un trabajador y profesional del campo de la salud cuya función consiste en brindar atención a la persona asistida en su cotidianidad, dentro de su comunidad, entorno familiar, social y comunitario, con el fin de colaborar en el bienestar de su salud, en su calidad de vida y en la promoción de acciones colectivas;

Que, de sancionarse la Ley no solo regularía la matriculación y la inclusión de la profesión en la nomenclatura de la ANDIS (la Agencia Nacional de Discapacidad), permitiendo fijar un valor por el servicio, sino que también se reconocería al acompañamiento terapéutico por la Superintendencia de Servicios de Salud, lo cual pondría a la prestación dentro del Plan Médico Obligatorio y, de esta manera llegaría no solo a quienes tienen el Certificado Único de Discapacidad (CUD), sino que se les podría exigir su cobertura a todas las obras sociales;

Que, tanto la Ley Nacional de Educación Nº 26.206, la Ley Provincial de Educación Nº 13.688 y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, sostienen como garantía de las personas con discapacidad, una educación inclusiva e igualitaria que permita el desarrollo de sus posibilidades, la integración y el ejercicio de sus derechos; cumpliendo el acompañante terapéutico, un rol fundamental en la vida escolar, facilitando su adaptación, incorporación e igualdad de oportunidades;

POR ELLO:

EL BLOQUE DE CONCEJALES DE JUNTOS POR EL CAMBIO, SOLICITA A ESTE HONORABLE CUERPO, APRUEBE EL SIGUIENTE PROYECTO DE

RESOLUCIÓN

ARTÍCULO 1º.- El Concejo Deliberante de Campana resuelve solicitar a ambas Cámaras legislativas de la Provincia de Buenos Aires puedan dar un pronto tratamiento del Proyecto de Ley de «Acompañantes Terapéuticos», Expte. D – 104/22-23-0, que tiene por objeto reglamentar la actividad de quienes se desempeñan como trabajadores en el área de la salud, promoviendo la jerarquización de la profesión por su relevancia social y su contribución a la construcción de alternativas en salud mental en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires. –

ARTÍCULO 2º.- Envíese copia de la presenta a la Presidente de la Comisión de Salud Pública de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, y a la Diputada María Alejandra Lorden (Autora del Proyecto de Ley).-

ARTÍCULO 3º.- De forma.-

AUTORA: CONCEJALA JULIA KARINA SALA.-

Fecha de Ingreso al HCD:
4 de mayo de 2022
Autor:
Bloque Juntos
Tipo de Expediente:
Resolución
Estado de Expediente:
Aprobado
Expediente del DE de Referencia:
Información no disponible
Tratado sobre Tablas
No
Comisión:
Legislación General y Seguridad
Fecha de Giro a Comisión:
5 de mayo de 2022
Dictamen:
de mayoría
Fecha del dictamen:
17 de mayo de 2022
Miembro Informante:
Concejal Karina Sala
Fecha de tratamiento en el Recinto:
19 de mayo de 2022
Sufrió modificaciones:
Información no disponible
Número de Norma:
2427
Tipo de Norma:
Resolución
Promulgación:
Información no disponible