PROYECTO DE RESOLUCIÓN
FUNDAMENTOS
VISTO:
La falta de control del Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, sobre el Transporte Público Interurbano; y
CONSIDERANDO:
Que dicha falta de control, se debe al incumplimiento del horario y cantidad de flotas, reflejado en relevamientos hechos por este municipio a través de la Dirección de Tránsito y Transporte;
Que los vecinos de los “Barrios Amigos” (Barrios Santa Florentina, Malvinas I y II y Federal), nos hacen llegar su malestar respecto a las empresas de transporte público (se adjunta hojas con firma de vecinos);
Que las unidades estarían teniendo demoras de hasta 2 (dos) horas entre una y otra, ocasionando la llegada tarde a trabajos, colegios, turnos al médico, etc.;
Que las flotas que deberían estar funcionando lo hacen en niveles del 40% al 50%, respecto a lo comprometido para el funcionamiento adecuado (Empresas 228 A – MOTSA – y 228C – NUEVA METROPOL);
Que el Estado tiene la obligación de brindar a sus ciudadanos un transporte adecuado entre ciudades hermandadas y enlazadas por la cultura, la educación, el deporte, la salud, etc.;
Que la interacción continua de las comunidades hace que la demanda sea muy superior a la oferta que tenemos en cuanto a transporte interurbano y su control es absolutamente nulo, siendo de jurisdicción provincial;
POR ELLO:
EL BLOQUE DE CONCEJALES DE JUNTOS, SOLICITA A ESTE HONORABLE CUERPO, APRUEBE EL SIGUIENTE PROYECTO DE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º.- Solicítase al Ministerio de Transporte de la provincia de Buenos Aires, informe a este Cuerpo, el total de flotas y los horarios a cumplir en el recorrido Lima (Zárate) – Ariel del Plata (Campana) dependiente de la línea 228 A de la Empresa Nueva Metropol.-
ARTÍCULO 2º.- Solicítase asimismo, informe el total de flotas y los horarios a cumplir en el recorrido Zárate – Campana dependiente de la línea 228 C de la Empresa MOTSA.-
ARTÍCULO 3º.- Solicítase de igual forma, informe si hubo algún cambio sobre el total de las flotas y horarios de las 2 empresas que deben brindar los servicios entre las Ciudades, y no haya sido informado fehacientemente a este Municipio, dado el informe adjunto.-
ARTÍCULO 4º.- Ofrécese la firma de un convenio para poder ser autoridad de fiscalización y control de los servicios, como así también de la documentación de vehículos y choferes; en conjunto con el Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTÍCULO 5º.- De forma.-
AUTOR: CONCEJAL ALEJANDRO BARJA SOSA