Expediente N°

20556

Extracto:

Prorrogando el plazo establecido por Ordenanza N° 7209 hasta el 30 de abril de 2023 y autorizando al D.E. a suscribir convenios ampliatorios para la prestación del Servicio Público de Transporte de Pasajeros.

Proyecto:

VISTO:

 

El Decreto – Ley Nº 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); las Ordenanzas N° 5847; Nº 5871; Nº 6043; Nº 6157; Nº 6242; Nº 6389; Nº 6554,    Nº 6626; Nº 6753; Nº 6974; Nº 7076 y Nº 7209; y el Expediente Municipal Nº 4016-1931-98; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en el expediente Nº 4016-1931/98, obran los antecedentes de la declaración del Estado de Emergencia en la Prestación del Servicio Público de Transporte de Pasajeros en Jurisdicción del Partido de Campana, prorrogado por las Ordenanzas N° 5847; Nº 5871; Nº 6043; Nº 6157; Nº 6242; Nº 6389; Nº 6554,   Nº 6626; Nº 6753; Nº 6974; Nº 7076 y Nº 7209.

Que a fs. 4057/4058, del cuerpo 22, del mencionado expediente obra copia de la Ordenanza N° 7209, la cual prorroga el plazo establecido en la Ordenanza       N° 7076, hasta el 30 de Abril de 2022, para que el Departamento Ejecutivo efectúe los llamados a Licitación Pública que estime convenientes, a fin de cubrir el Servicio Público de Transporte de Pasajeros en Jurisdicción del Partido de Campana, con cuya adjudicación y real inicio de la prestación del mismo, se dará por concluido el Estado de Emergencia dispuesto oportunamente.

Que estando pronto a vencer el plazo establecido en la Ordenanza N° 7209, resulta necesario prorrogar el mencionado Estado de Emergencia, hasta el 30 de Abril de 2023.

Que el Estado Municipal no permanece indiferente ante la problemática   que   representa la   prestación del Servicio Público de Transporte Urbano para  la  comunidad y por lo tanto debe arbitrar los medios conducentes a lograr que este servicio público continúe de manera ininterrumpida, más allá del estado actual de pandemia por COVID-19 y el aislamiento social en el que nos encontramos, posibilitando trasladar a los trabajadores esenciales a sus lugares específicos de trabajo dentro de su recorrido diario.

Que en virtud de lo normado en los artículos 53, 230 y concordantes del Decreto-Ley Nº 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), todo lo relativo a concesiones de servicios públicos es competencia del Departamento Deliberativo.

 

POR ELLO:

                               EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO  DE  LAS  FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA  SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1.- Prorrógase el plazo establecido en la Ordenanza N° 7209, hasta el 30 de Abril de 2023, para que el Departamento Ejecutivo efectúe los llamados a Licitación Pública que estimen convenientes, a fin de cubrir el Servicio Público de Transporte de Pasajeros en la Jurisdicción del Partido de Campana, con cuya adjudicación y real inicio de la prestación del mismo se dará por concluido el Estado de Emergencia dispuesto oportunamente.-

ARTICULO 2.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir convenios ampliatorios para la Prestación del Servicio de Transporte Público de Pasajeros con la Empresa Micro Omnibus Tigre S.A, con la Cooperativa de Trabajo 6 de Julio Limitada, con la Cooperativa de Trabajo 3 de Julio Limitada y con toda aquella otra Empresa de Transporte que preste servicios en esta Jurisdicción.-

ARTICULO 3.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

 

 

 

 

Fecha de Ingreso al HCD:
22 de marzo de 2022
Autor:
Departamento Ejecutivo
Tipo de Expediente:
Ordenanza
Estado de Expediente:
Aprobado
Expediente del DE de Referencia:
Información no disponible
Tratado sobre Tablas
No
Comisión:
Obras, Servicios Públicos y Transporte
Fecha de Giro a Comisión:
23 de marzo de 2022
Dictamen:
de mayoría
Fecha del dictamen:
28 de marzo de 2022
Miembro Informante:
Concejal Alejandro Barja
Fecha de tratamiento en el Recinto:
7 de abril de 2022
Sufrió modificaciones:
Información no disponible
Número de Norma:
7309
Tipo de Norma:
Ordenanza
Promulgación:
Fecha: 19 de abril de 2022
Información no disponible