PROYECTO DE RESOLUCIÓN
FUNDAMENTOS
VISTO:
Que la Subsecretaría de Derechos Humanos junto a la Dirección de Juventudes de la Provincia de Buenos Aires, lanza por segunda vez el PROGRAMA FUTURO MEMORIA con el objetivo de pensar y construir la memoria, la participación ciudadana y los Derechos Humanos junto a las juventudes del territorio bonaerense; y
CONSIDERANDO:
Que el Programa Futuro Memoria está destinado a jóvenes de entre 14 y 21 años interesados en vivir una experiencia educativa y creativa sobre la Memoria a través de la participación en un concurso de producciones artísticas y culturales;
Que los ejes en esta oportunidad serán:
a) Las Luchas por la Memoria, la Verdad y la Justicia,
b) Memorias, Juventudes y Participación Política,
c) Memorias Latinoamericanas,
d) Género y Memoria,
e) Malvinas: 40 años,
f) Violencia Institucional.
Que “Futuro Memoria” es un programa que invita a reflexionar y crear arte y expresión desde las ideas de Justicia, Verdad y Derechos Humanos. Todos los jóvenes interesados, que cumplan con los requisitos de edad podrán participar realizando sus producciones artístico-culturales en los formatos y estilos que deseen: pueden crear canciones, poemas, cuentos, dibujos, muestras fotográficas, videos, podcasts, entrevistas, historietas, obras de teatro, la intención es que recurran al lenguaje con el que se sientan más a gusto y consideren el más adecuado para lo que desean contar;
Que la inscripción permanecerá abierta hasta el 18 de abril del corriente año y deberá realizarse mediante el siguiente formulario: https://forms.gle/R8t9JqE22CQ3ED166
Que sobre dicho Programa durante el año 2021 han participado escuelas secundarias de la ciudad de Campana.
POR ELLO:
EL BLOQUE DE CONCEJALES Y CONCEJALAS PJ – FRENTE DE TODOS SOLICITA A ESTE HONORABLE CUERPO APRUEBE EL SIGUIENTE PROYECTO:
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°: Declárase de Interés Legislativo el PROGRAMA FUTURO MEMORIA de la Subsecretaría de la Provincia de Buenos Aires y la Dirección de Juventudes dependiente del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTÍCULO 2°: Enviase copia de la presente a la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia y a la Dirección de Juventudes del Ministerio del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTÍCULO 3°: De forma.