PROYECTO DE ORDENANZA
FUNDAMENTOS
VISTO:
El Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de Municipalidades) (t.v.); y el expediente Nº 4016 21.311-0-2021; y
CONSIDERANDO:
Que la Oncología es la rama de la medicina que se ocupa de la prevención, el diagnóstico y el tratamiento de las neoplasias, tumores benignos y malignos, especialmente del cáncer.
Que la Secretaría de Salud del Municipio tiene como misión velar por la Salud integral de la población de la ciudad.
Que el número de pacientes que realizan consultas y tratamiento de esta especialidad en nuestro nosocomio, es cada vez mayor, incrementándose año tras año, lo que nos lleva a buscar nuevos caminos, a fin de brindar un servicio de salud acorde a las necesidades que se suscitan día a día.
Que el Dr. ROSENBURT Maximiliano Leopoldo, Médico Especialista en Oncología Clínica, ofrece y pone en conocimiento de nuestra Secretaría de Salud, un acuerdo de Colaboración entre ambos, cuyo fin es brindar asistencia a pacientes oncológicos.
Que el Convenio a celebrarse resulta beneficioso para habitantes de Campana que requieran una expedita atención por guardia o una internación, para lo cual el Hospital se compromete a prestar ese esencial servicio que de todas maneras realiza habitualmente.
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 41° del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de Municipalidades) (t.v.), corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las
leyes provinciales o nacionales.
Que en virtud de la actual pandemia de Coronavirus los pacientes Oncológicos pertenecen a grupo de riesgo primario, por lo que requieren expedita atención ante una eventual descompensación de su estado de salud.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio de Colaboración entre el Municipio de Campana y el Dr. ROSENBURT Maximiliano, Especialista en Oncología Clínica, el que luce a fs. 36/37 del expediente Nº 4016-21.311-0-2021.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-