Banca Abierta

VISTO:

La inquietud que expresan grandes sectores de nuestra sociedad en la profundización y afianzamiento del sistema político que nos rige; y

CONSIDERANDO:

Que la consolidación del sistema democrático se logra a través de la participación cada vez mayor de los ciudadanos en la toma de decisiones que los afectan;

Que si bien dicho procedimiento se realiza a través de sus legisladores, a los cuales eligieron para que los representen, es importante que cuenten con una instancia más directa de expresión de sus ideas o necesidades;

Que es viable la creación de un canal d comunicación permanente, ágil y sencilla para que los vecinos o instituciones intermedias puedan participar;

Que dicho instrumento podría ser la instauración de una “Banca Abierta y Participativa para el Ciudadano” en el Honorable Concejo Deliberante de nuestra Ciudad, con el objetivo de que los vecinos puedan volcar en el Recinto proyectos, reclamos, solicitudes de información o todo lo que tienda a generar condiciones que favorezcan el bien común;

Que sin perjuicio de ello, cualquier ciudadano posee como ha venido ocurriendo hasta ahora, la posibilidad de plantear sus inquietudes, proyectos y reclamos ante cualquier Concejal por cualquier vía, ya sea en entrevista, por nota, vía telefónica, en el encuentro personal que frecuentamos tener los Concejales en nuestra diaria recorrida por la Ciudad;

 

POR ELLO:

 

                              EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA EL SIGUIENTE:

 

D E C R E T O :

 

ARTICULO 1°.-   Créase en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante del           – – – – – – – – – – – – Partido de Campana, la “BANCA ABIERTA Y PARTICIPATIVA DEL CIUDADANO”.-

ARTICULO 2°.-   Podrán acceder al uso de dicha Banca todas las personas que lo     – – – – – – – – – – – –                               soliciten, particulares o instituciones intermedias de la comunidad, en tanto el tema a exponer se encuentre dentro de las competencias del Honorable Concejo Deliberante, según lo prescribe la Ley N° 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.).-

ARTICULO 3°.-   La “Banca Abierta y Participativa del Ciudadano” estará ubicada  – – – – – – – – – – – – en el Recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en una banca adicional emplazada a tal efecto.-

ARTICULO 4°.-   El uso de esa BANCA será otorgada únicamente en Sesiones         – – – – – – – – – – – –                                Ordinarias del Cuerpo.-

ARTICULO 5°.-   A los efectos de la participación y utilización de esta BANCA, se  – – – – – – – – – – – – abrirá un Registro de Solicitantes para el uso de la BANCA ABIERTA Y PARTICIPATIVA AL CIUDADANO, en la Secretaría del Honorable Concejo Deliberante, que tendrá el carácter de oficial, firmado por el Presidente del Honorable Concejo Deliberante y los Presidentes de los Bloques Políticos dando el visto de quiénes harán uso de ella:

La solicitud se realizará por nota firmada por el solicitante, debiendo constar los siguientes datos:

  • Nombre y Apellido de quien realizará la presentación, Número de Documento, Domicilio del Solicitante y Número de Teléfono.
  • La nota de presentación deberá además del solicitante, estar respaldada por la firma de cinco (5) vecinos con residencia en la ciudad y que deberán estar identificadas de la misma forma y los mismos términos que el postulante.
  • La excepción a lo postulado en el párrafo anterior, será cuando un pedido hecho por un particular revista carácter de interés público, urgencia y necesidad manifiesta, y que entonces por la naturaleza del hecho y con la aprobación de la Presidencia y los Presidentes de los Bloques Políticos se autorice a la utilización de la Banca.
  • Adjuntar copia del Proyecto a presentar o temática a desarrollar.-

ARTÍCULO 6°.-  No podrán ser presentados más de un proyecto o tema por              – – – – – – – – – – – –                               ciudadano por Sesión.-

ARTÍCULO 7º.-   Los expositores harán uso de la “Banca Abierta y Participativa del – – – – – – – – – – – –                               Ciudadano” antes del inicio de cada Sesión Ordinaria, sin participar de ella.-

ARTÍCULO 8º.-   El expositor hará uso de la palabra refiriéndose específicamente al – – – – – – – – – – – – tema consignado en la solicitud, por el tiempo asignado y sin interrupciones, no pudiendo entrar en ninguna clase de debate con miembro alguno del Concejo. Asimismo, el Presidente deberá marcar la finalización del tiempo asignado y señalar si se produce alguna desviación del tema de referencia.-

ARTÍCULO 9º.-   El tiempo de exposición será, para presentación y argumentación    – – – – – – – – – – – –                               de cada proyecto, de no más de 7 minutos.-

ARTÍCULO 10.-  El expositor sólo podrá hacer referencia al proyecto o tema previamente presentado y asentado en el Registro correspondiente, y no podrá cambiarlo en el momento de la Sesión, ni referirse a otras cuestiones ajenas al mismo.-

ARTÍCULO 11.-  Cuando las solicitudes de más de un vecino coincidieran sobre un   – – – – – – – – – – – –                               mismo tema, la Comisión de Legislación General y Seguridad invitará a los mismos a suscribir la exposición del ubicado en primer término y/o realizar una nueva que contemple las visiones del conjunto, quedando liberados sus turnos.-

ARTÍCULO 12.-  El orden de exposición, se definirá de acuerdo al orden de              – – – – – – – – – – – –                                inscripción.-

ARTÍCULO 13.-  Las solicitudes deberán realizarse ante Secretaría con una anticipación no menor a las 96  hs., previas a la Sesión.-

ARTÍCULO 14.- La Secretaría del Honorable Concejo Deliberante, informará con     – – – – – – – – – – – –                                 24 horas de anticipación de manera escrita o telefónica, el día y el orden de exposición al interesado.-

ARTÍCULO 15.-  El Presidente del Honorable Concejo Deliberante, está facultado     – – – – – – – – – – – –                                para suspender la exposición, si el exponente viola las normas que establecen esta Ordenanza o la Ley Orgánica Municipal vigente. Asimismo tomará todas las medidas necesarias para restablecer el orden si fuera necesario mediante el requerimiento de la fuerza pública,  o si se procede a:

  1. Realizar una arenga política en el marco o fuera del marco del proyecto a presentar.
  2. A descalificar, insultar, agredir, menoscabar la labor de los Poderes Ejecutivo o Deliberativo, o a alguno de sus integrantes de manera directa.
  3. Si promueve una discusión, dentro del contexto del proyecto o fuera de este.
  4. Si no se aviene a los establecidos por la presente ordenanza, o viole el Reglamento Interno del Cuerpo.-

ARTÍCULO 16.-  La suspensión de la exposición podrá ser solicitada a su vez por      – – – – – – – – – – – –                               los concejales a través de la moción pertinente, con el aval de la mayoría simple de los ediles presentes.-

ARTÍCULO 17.-  Queda establecido que la Comisión o Comisiones en las que sea     – – – – – – – – – – – –                                tratado cada proyecto, podrán:

  1. Modificar artículos: Cuando se considere pueden ser mejorados tanto en redacción como en la finalidad del mismo.
  2. Incorporar artículos: Cuando se considere por ese medio se puede mejorar o profundizar la finalidad de lo planteado en el proyecto.
  3. Eliminar artículos: Cuando se considere que el mismo es inviable, reiterativo, o excede las competencias de tratamiento y aprobación por parte del Cuerpo Deliberativo.
  4. El Honorable Concejo Deliberante no aceptará exposiciones en representación de otro u otros, aún cuando se tratara de simples opiniones, las exposiciones deberán referirse a cuestiones de interés directo del vecino o de la institución que representa.-

ARTÍCULO 18.- La utilización de la Banca  por parte del postulante es                     – – – – – – – – – – – –                                “Ad-Honorem”.-

ARTICULO 19.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Regístrese. – – – – – – – – – – – –                              Cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 10 días del mes de junio de 2010.-

 

Autor: Comisión de Legislación General y Seguridad.

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